Becas de ayudas al estudio para personas desempleadas participantes en acciones formativas de la Agencia para el Empleo de Madrid, cuya finalización se produzca del 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, ambos incluidos.

Código de ayuda:

S27628/23

Norma:

Resolución de 17 de mayo de 2023. Acuerdo Pleno de 30 de octubre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de junio del 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto el fomento de la participación de personas desempleadas en acciones formativas gestionadas o impulsadas por la Agencia para el Empleo con una duración lectiva de, al menos,60 horas,para los cursos finalizados con posterioridad al 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023,ambos incluidos, mediante la minimización de los obstáculos que impiden a las personas participantes acceder a la formación necesaria para su incorporación al mercado laboral.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

—El crédito asciende a setecientos setenta y cincomileuros(775.000euros).

La cuantía de la beca de ayuda al estudio queda establecida en:

—2 euros por cada hora lectiva de formación acreditada, para aquellos alumnos que cursen acciones formativas entre 60 y 250 horas lectivas de duración.

—3 euros por cada hora de formación acreditada, para aquellos alumnos que cursen acciones formativas demás de 250 horas de formación. El importe máximo a percibir por persona será de mil euros(1.000euros) para el conjunto de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas desempleadas que participen en los cursos de formación para el empleo gestionadas o impulsados por la Agencia para el Empleo de Madrid con una duración mínima de 60 horas lectivas ,cuya finalización esté comprendida entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023 ambos incluidos y que cumplan los requisitos y obligaciones exigidas en la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 22/11/2013
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 278
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 07/06/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 134
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/06/2023
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 134
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento