Beca de investigación en fondos documentales del Archivo Villa para obtener datos sobre la Biblioteca Técnica del Ayuntamiento de Madrid.

Código de ayuda:

S45228/18

Norma:

Decreto de 27 de agosto de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de septiembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de una beca destinada a fomentar la investigación en el ámbito de las bibliotecas de la ciudad de Madrid, en concreto, investigar el origen y formación de las corporaciones municipales desde la Transición, con el fin de formar un Fichero de Autoridades de nombres de persona y de entidades, que se empleará como punto de acceso en los registros bibliográficos y documentales
del Catálogo del Ayuntamiento de Madrid.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Área de Gobierno de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la convocatoria asciende a 4.250 euros, correspondiendo 1.700 euros por cada mes de duración y 850 euros por el medio mes final de la beca.

El importe que se conceda se considera bruto, procediéndose, en su caso, a efectuar las retenciones de IRPF correspondientes en el momento del pago.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

— Las personas físicas que concurran tendrán nacionalidad española o cualquier otra, en este caso deberá poseer conocimiento suficiente de la lengua castellana, nivel medio o alto, que le permita cumplir con la finalidad y objeto de la beca.

— Se requiere poseer titulación universitaria de Grado Superior, expedida por universidades españolas, u homologada por el Ministerio de Cultura y Deporte y haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título requerido en los diez cursos académicos anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

— No podrán ser beneficiarios de estas becas aquellas personas en quienes concurra alguna de las situaciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 25 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

- El disfrute de la beca será incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales.

Documentos asociados

Boletín: 29/08/2018
BO Ayuntamiento de Madrid- Nº 206
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/08/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 206
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento