Bases reguladoras y se convoca la concesion de subvenciones para asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas.

Código de ayuda:

S09019/15

Norma:

Orden INN/9/2015, de 19 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/04/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a asociaciones de comerciantes, y sus federaciones y confederaciones, y cooperativas de detallistas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria podrán alcanzar los siguientes porcentajes del coste de las actuaciones previstas:

— Hasta el 75% del coste de los gastos de las campañas de animación y promoción comercial.
— Hasta el 50% de la inversión para la mejora de sus servicios a través de la red Internet y para las obras de eliminación de barreras.

2. El importe máximo total de las ayudas para cada entidad benefi ciaria será de 30.000 € para las federaciones y confederaciones de asociaciones de comerciantes inscritas en la sección tercera del Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, y de 20.000 € para las asociaciones de comerciantes inscritas en las secciones primera y segunda de dicho Registro y las cooperativas de detallistas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones de comerciantes, así como las federaciones y confederaciones de éstas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, con independencia de su régimen jurídico específico.

También podrán acceder a las mismas subvenciones que las asociaciones de comerciantes las cooperativas de detallistas con domicilio social en Cantabria, siempre que se encuentren inscritas en los correspondientes registros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Las campañas de animación y promoción comercial. Solamente serán subvencionables los gastos publicitarios cuando se refi eran a alguna de las campañas de animación y promoción subvencionadas y su cuantía estará limitada a un máximo del 30% del importe de la misma.

No serán subvencionables los gastos de patrocinio, con carácter general, y, en particular, de actividades de otros entes o instituciones públicas o privadas ni las de colaboración o participación en actuaciones realizadas por éstos, ni los de obsequios de horas de aparcamiento.

— Las inversiones realizadas para la implantación y desarrollo de sistemas que permitan mejorar los servicios que prestan a sus asociados a través de la red Internet.

— La realización de obras de eliminación de barreras arquitectónicas para el acceso a sus dependencias que faciliten el acceso para las personas con movilidad reducida.

2. Serán subvencionables las actividades e inversiones realizadas desde del 1 de enero de 2015 hasta la fecha de fi nalización del plazo para su justifi cación.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2015
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 42
Documento: Boletín Descargar Documento