Bases reguladoras y convocatoria para la concesion de subvenciones a Municipios y Concejos para obras de mantenimiento y restauracion de los rios y barrancos de Navarra, en 2011.

Código de ayuda:

S20864/10

Norma:

Orden Foral 118/2010, de 15 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de mayo de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El mantenimiento y restauración de los ríos y barrancos de Navarra en 2011.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones será del 70% sobre el presupuesto subvencionable, el cual incluye las obras, los honorarios de redacción del proyecto, la dirección de obra, el visado colegial y el IVA.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios los Municipios y Concejos de Navarra dentro de cuyos términos discurran ríos y barrancos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las obras de interés y rentabilidad social para la Comunidad Foral que figuren en los proyectos presentados, teniéndose en cuenta la entidad de los bienes protegidos y los riesgos evitados y valorándose, también, el beneficio ambiental del entorno fluvial logrado con el proyecto.

Requisitos:

1. Adjudicar las obras objeto de subvención en el plazo de cinco meses, contados desde la fecha de notificación de la subvención. El benficiario podrá contratar hasta el 100% de la inversión subvencionable.

2. Remitir al Servicio del Agua, en el plazo máximo de un mes contado desde la adjudicación de las obras, la siguiente documentación:
a) Copia de permisos, licencias y autorizaciones necesarias para la realización de las obras. Para el comienzo de las obras será preceptiva la presentación de permiso de la Confederación Hidrográfica correspondiente.
b) Documentación justificativa de la adjudicación de las obras, en la que se indicará el criterio y procedimiento seguido para la adjudicación de las mismas.
c) Acta de nombramiento de la dirección facultativa de las obras de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Si alguna de estas obligaciones no se cumpliera en el plazo establecido se entenderá que renuncia a la ayuda.

3. Realizar los trabajos objeto de subvención de acuerdo con las directrices ambientales del Servicio del Agua, comunicando, al citado Servicio, cualquier eventualidad en el desarrollo de la ejecución de las
obras que supongan modificación en su contenido o en su coste, en el momento en que se produzca.

4. Avisar al Servicio del Agua con una semana de antelación (tel.: 848 42 14 88-848 42 49 27) al “Acta de inicio y comprobación de replanteo” y del “Acta de recepción provisional de obras” con el objeto de que pueda acudir personal del mismo. Además deberá someterse a cualquier comprobación efectuada por el Servicio del Agua durante el transcurso de las obras.

5. Enviar al Servicio de Aguas todas y cada una de las certificaciones emitidas por la dirección de obra y los documentos acreditativos del pago de la obra efectuada.

6. Se deberá acreditar que la elección de la empresa adjudicataria se ha realizado con criterios de eficiencia y economía.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 40
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento