Bases reguladoras que rigen las ayudas para facilitar la obtencion del permiso de conduccion clase B y favorecer la seguridad vial de los y las jovenes gallegos.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S16982/12

Norma:

ORDEN de 4 de mayo de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/09/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras que regirán las ayudas para la obtención del permiso de conducción clase B por parte de los y las jóvenes residentes
en Galicia, con la finalidad de mejorar su empleabilidad y movilidad, así como sensibilizar y fomentar una conducción segura y responsable entre la juventud.

Categorías Subvención

  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será de 200 euros por beneficiario/a, siempre y cuando este importe no supere el coste derivado de la obtención del permiso de conducción objeto de estas ayudas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas los y las jóvenes que cumplan los requisitos establecidos.

Requisitos:

a) Tengan entre 18 y 30 años de edad cumplidos en el momento de presentar la solicitud.

b) Estén en situación de desempleo, con una antigüedad mínima de seis meses, en el momento de presentar la solicitud.

c) Sean titulares del carnet joven vigente en el momento de presentar la solicitud.

d) Tengan su residencia en Galicia.

e) Acrediten un nivel de ingresos netos anuales de la unidad familiar no superior a 2, 5 veces el indicador público de la renta de efectos múltiples (IPREM) establecido para el año 2012, incluyendo las pagas extraordinarias, ponderado según los miembros de la unidad familiar, de la forma que se indica:

N.º de miembros de la unidad familiar/Ingresos máximos
1/ 14.910, 28
2/ 16.556,98
3 o más/ 18.637,85

A los efectos de la resolución de esta convocatoria, se entenderá por unidad familiar la constituida por la persona beneficiaria y los familiares con los que conviva.

f) No estar en posesión del permiso de conducción objeto de la subvención en el momento de presentar la solicitud, o estar en su posesión, con fecha de expedición definitiva a partir del 1 de enero de 2012.

Documentos asociados

Boletín: 14/05/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 91
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento