Bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de transporte y logística.

Código de ayuda:

S01391/06

Norma:

ORDEN FOM/1809/2005.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en su correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases reguladoras serán de aplicación a las subvenciones que convoque, la Consejería de Fomento para proyectos o actuaciones del sector de transportes y logística y en concreto en las siguientes materias:

– Actividades de formación en materias de transportes y logística que se determinen en la convocatoria.

– Actuaciones digiridas al fortalecimiento del sector del transporte y la logística, en diferentes modalidades.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las convocatorias, en atención al objeto de la ayuda, contendrán la cuantía individualizada de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.– Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con implantación en el sector del transporte
de Castilla y León, en las que concurran las circunstancias que fundamenten la concesión de la subvención según prevean estas bases reguladoras y las respectivas convocatorias.

2.– No podrán ostentar la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las convocatorias determinarán los gastos subvencionables, de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 04/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 3
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento