Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas para el mantenimiento y la gestión de lasbibliotecas de la Xarxa de biblioteques del Consell Insular d’Eivissa entre el 1 de octubre de 2020 y el30 de septiembre de 2021.

Código de ayuda:

S10264/21

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas para el mantenimiento y la gestión de las bibliotecas integradas en la Xarxa de biblioteques del Consell Insular d'Eivissa entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 con la intención de lograr los siguientes objetivos:

- Mantener actualizado el fondo bibliográfico y audiovisual de las bibliotecas.

- Dotar de mobiliario adecuado a los servicios bibliotecarios.

- Permitir el acceso a la información sea cual sea el soporte, promoviendo la existencia de los medios de reproducción audiovisual y multimedia que garantizan el acceso al fondo de las bibliotecas.

- Impulsar la presencia de las nuevas tecnologías en las bibliotecas como punto de acceso a la información.

- Fomentar los hábitos culturales, entre los cuales, y sobre todo, el de la lectura.

- Proporcionar a la ciudadanía un recurso de información, formación y ocio.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas económicas las entidades locales de la isla de Eivissa y las asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos o culturales, que hayan gestionado o gestionen una biblioteca integrada en la Xarxa de biblioteques del Consell Insular d'Eivissa, entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021, que cumplan los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación con el artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y que estén al corriente de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social y
no tengan dudas con el Consell Insular d'Eivissa.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento