Bases reguladoras para apoyar los prestamos de campaña a las entidades asociativas agroalimentarias e industrias agroalimentarias de Castilla-La Mancha. [2009/13202]

Código de ayuda:

S61528/09

Norma:

Orden de 13/08/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria en régimen de minimis de ayudas para facilitar el acceso a préstamos de campaña para dotar de liquidez a entidades asociativas agroalimentarias, e
industrias agroalimentarias de Castilla La Mancha, mediante la nanciación de parte de los intereses de los préstamos que se suscriban, a través de la línea ICO-Liquidez.-2009.

Se incluyen dentro del objeto las operaciones nancieras formalizadas desde el 19 de mayo de 2009, fecha de la rma de los acuerdos de adhesión de las entidades nancieras al convenio rmado entre la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Instituto de Crédito Ocial, Línea ICO-Liquidez 2009.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo del préstamo subvencionado será de 1.200.000 € por beneciario.

Cuantía de los intereses bonicados:

Entidades Asociativas Industrias

1ª anualidad 2 % 1 %

2ª anualidad 1,5% 0,75%

3ª anualidad 1% 0,50%

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A) Las Sociedades Agrarias de Transformación y las Cooperativas Agrarias, actualmente denidas en el artículo 111 de la Ley 20/2002, de 14 de noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha, y, que cuenten al menos con 25 socios, siempre que sean titulares de establecimientos inscritos en el Registro de Industrias Agroalimentarias y tengan la consideración de microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo 2.1 de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

B) Las personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos inscritos en el Registro de Industrias Agroalimentarias, y que tengan la consideración de microempresas, pequeñas y medianas empresas entendiéndose como tales las que reúnan los requisitos del artículo 2.1 de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

Documentos asociados

Boletín: 14/09/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 179
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento