Bases reguladoras de las subvenciones a la concesión de préstamos destinados a los titulares de explotaciones frutícolas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Código de ayuda:

S27482/15

Norma:

ORDEN de 8 de mayo de 2015. RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2015.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación del tipo de interés de los préstamos formalizados por los titulares de explotaciones frutícolas de melocotón, nectarina, pera, manzana y ciruela, de la Comunidad Autónoma de Aragón con las Entidades Financieras, en las condiciones establecidas en la misma.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Titulares de explotaciones frutícolas de melocotón, nectarina, pera, manzana y ciruela, de la Comunidad Autónoma de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser objeto de subvención los intereses generados por los préstamos formalizados, durante los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 en los términos y condiciones establecidos en la convocatoria correspondiente, por los titulares de explotaciones frutícolas dedicadas a la producción primaria de melocotón, nectarina, pera, manzana y ciruela, de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Quedan excluidas de la aplicación de esta orden los préstamos cuya cuantía del principal sea inferior a 6.000 euros.

Gastos subvencionables.

1. Tendrá el carácter de gasto subvencionable de la actividad objeto de subvención el tipo de interés de los préstamos suscritos conforme a las características que se concrete en la convocatoria correspondiente.

2. El régimen de los gastos subvencionables se sujetará a lo previsto en el artículo 7 del Decreto 136/2013, de 30 de julio.

Requisitos:

Requisitos de los beneficiarios.

1. Personas físicas o jurídicas, que hubieran presentado la “Solicitud Conjunta” de ayudas de la Política Agrícola Común en el ejercicio anterior a que se efectúe la convocatoria de esta subvención, y que sean titulares de explotaciones frutícolas de melocotón, nectarina, pera, manzana y ciruela, de la Comunidad Autónoma de Aragón y que cumplan las condiciones que se recogen en esta disposición y lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, que establece que estas ayudas se concederán a empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

2. En el caso de que la explotación opere tanto en el sector de la producción primaria como en uno o más sectores o actividades, deberá acreditarse ante el Departamento que la producción primaria de productos agrícolas no se beneficia de las ayudas de minimis concedidas con arreglo al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/06/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 108
Documento: Presentación Telemática Descargar Documento