Bases reguladoras de las acciones para el fomento de la igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo. Convocatoria 2006 y modificaciones.

Código de ayuda:

S29855/06

Norma:

Orden TRI/95/2006, de 3 de marzo. Resolución TRI/616/2006, de 3 de marzo. Resolución TRI/617/2006 de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Visto que se ha detectado la necesidad de ampliar el plazo de ejecución de las acciones que prevén los programas ocupacionales para el fomento de la igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo para alcanzar la óptima realización de las acciones y la máxima integración y promoción de estos colectivos en el mercado de trabajo,

RESUELVO:
modificar el artículo 9 de la Resolución TRI/616/2006, de 3 de marzo, que queda redactado de la manera siguiente:

Plazo de ejecución de las acciones ”La acción subvencionada debe finalizar dentro del ejercicio presupuestario del otorgamiento.

Excepcionalmente, las acciones correspondientes a esta convocatoria para el año 2006 podrán finalizar el 30 de junio de 2007, y siempre y cuando las acciones se inicien antes del 30 de diciembre de 2006.

modificar el artículo 9 de la Resolución TRI/617/2006, de 3 de marzo, que queda redactado de la manera siguiente:

La acción subvencionada debe finalizar dentro del ejercicio presupuestario del otorgamiento. Excepcionalmente, las acciones correspondientes a esta convocatoria para el año 2006 podrán finalizar el 30 de junio de 2007, y siempre y cuando las acciones se inicien antes del 30 de diciembre de 2006.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios de los programas para el fomento de la igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo y para los programas de inserción sociolaboral deben ser personas paradas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio de Ocupación de Cataluña, que cumplan los requisitos
específicos previstos en los artículos 13 y 20 de la Orden TRI/95/2006.

Podrán acceder a las subvenciones previstas en esta Orden las entidades que reúnan los requisitos que se establecen en el artículo 3 de la Orden TRI/211/2005, de 27 de abril, y en los artículos 14 y 21 de la presente Orden, presenten la documentación exigida y obtengan la aprobación del correspondiente proyecto o acción.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programas para el fomento de la igualdad de oportunidades:

a) Dispositivos de inserción sociolaboral dirigidos principalmente al colectivo de mujeres con más dificultades de acceso al mundo laboral, con especial atención a las mujeres en riesgo de exclusión y a las mujeres que han sufrido situaciones de violencia machista. Estos dispositivos pueden combinar las siguientes acciones: información, motivación, orientación, análisis de la ocupabilidad, competencias transversales, formación profesionalizadora, practica laboral, derivación y coordinación con otros recursos sociolaborales, acompañamiento a la inserción y seguimiento y apoyo en el proceso de inserción laboral.

b) Acciones ocupacionales dirigidas a la inserción laboral en sectores donde las mujeres están subrepresentadas. Estas actuaciones además de considerar la parte de formación técnico-profesional, tendrán en cuenta el análisis y el desarrollo de las competencias transversales, la orientación, la motivación y las prácticas laborales. Además, se puede incidir en la sensibilización de la empresa y en el trabajo del entorno laboral para facilitar la integración laboral de este colectivo de mujeres. También se considerará la realización de acciones positivas que favorezcan la participación de las mujeres en las
estructuras de mando y toma de decisión en las organizaciones empresariales.

c) Acciones ocupacionales en sectores emergentes, nuevas ocupaciones y nuevos yacimientos de la ocupación. Estas actuaciones además de considerar la parte de formación técnico-profesional, tendrán en cuenta el análisis y el desarrollo de las competencias transversales, la orientación, la motivación y las
prácticas laborales.
d) Acciones ocupacionales dirigidas preferentemente a las mujeres jóvenes con el objetivo de favorecer la igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo.

Estas actuaciones además de considerar la parte de formación técnicoprofesional, tendrán en cuenta la orientación, la motivación, la formación instrumental y el acompañamiento a la inserción. También se incidirá especialmente en aspectos culturales y educativos para favorecer los cambios de actitud respeto a las situaciones de desigualdad en el mercado laboral.

e) Emprender en femenino: acciones de formación y acompañamiento a las mujeres emprendedoras.
Estas actuaciones tienen como objetivo dar soporte a las mujeres que quieren crear su empresa mediante acciones de información, motivación, sensibilización, asesoramiento, formación y acompañamiento.

f) Otras acciones que tengan como finalidad la promoción laboral de las mujeres en el mercado laboral y que supongan el desarrollo de planteamientos innovadores y la introducción de la perspectiva de género femenino en el marco de los programas y metodologías de formación e inserción laboral.

Costes subvencionables:

a) Costes salariales y de seguridad social del personal técnico y de apoyo.
b) Costes de funcionamiento y de gestión de las actuaciones ocupacionales. Gastos generales y materiales
c) Gastos de dietas y desplazamientos de acuerdo con lo que prevé el artículo 8 de esta Orden.

Programas de inserción sociolaboral de colectivos con especiales dificultades:

a) Acciones ocupacionales dirigidas a personas con discapacidad que incluyen medidas de trabajo con apoyo: prospección y mediación laboral, apoyo y seguimiento durante el proceso de inserción, motivación, orientación, análisis de la ocupabilidad, competencias transversales, formación profesionalizadora,
formación en la empresa, derivación y coordinación con otros recursos sociolaborales, con el objetivo de lograr la incorporación de estas personas en la empresa ordinaria.

b) Dispositivos de inserción sociolaboral dirigidos principalmente al colectivo de personas en riesgo de exclusión. Estos dispositivos pueden combinar las siguientes acciones: información, motivación, orientación, análisis de la ocupabilidad, competencias transversales, formación profesionalizadora,
práctica laboral, derivación y coordinación con otros recursos sociolaborales, acompañamiento a la inserción y seguimiento y apoyo en el proceso de inserción laboral, con el objetivo de lograr la incorporación de estas personas en el mercado laboral.

c) Otras acciones que tengan como finalidad la inserción sociolaboral del colectivo de personas en riesgo de exclusión y que supongan un planteamiento innovador.

Costes subvencionables:

a) Costes salariales y de seguridad social del personal técnico y de apoyo.
b) Costes de funcionamiento y de gestión de las actuaciones ocupacionales. Gastos generales y materiales
c) Gastos de dietas y desplazamientos de acuerdo con lo que prevé el artículo 8 de esta Orden.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4594
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4594
Documento: Orden TRI/616 y TRI/617 2006 Descargar Documento
Boletín: 26/05/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4642
Documento: Modificación de importes Descargar Documento
Boletín: 22/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4702
Documento: Modificación Descargar Documento