Bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Centros Privados con Enseñanzas Concertadas no Universitarias de la Región de Murcia dentro del Plan de Acción para la Mejora de los Centros Educativos.

Código de ayuda:

S03428/16

Norma:

Orden de 12 de enero de 2016.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los centros privados con enseñanzas concertadas de la Región de Murcia para la financiación de las actividades de formación y de innovación contenidas en los proyectos que resulten seleccionados en las correspondientes convocatorias dentro del marco del Plan de Acción de Mejoras para Centros Educativos.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta orden todos los centros educativos privados con enseñanzas concertadas no universitarias de la Región de Murcia que impartan Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria que resulten seleccionados en la correspondiente convocatoria.

Requisitos:

1. Haber sido seleccionados en las correspondientes convocatorias para participar en el PAMCE.

2. No estar incursos en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de una subvención, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/200, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas. La presentación de la solicitud de la subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa los certificados telemáticos que acrediten dichas circunstancias.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 22
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento