Bases reguladoras de la Convocatoria de subvenciones para obras en Centros de iniciativa social.

Código de ayuda:

S30155/06

Norma:

RESOLUCION 721/2006, de 5 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Aprobar la convocatoria de subvenciones para obras en centros de iniciativa social.

2. Aprobar las bases de la Convocatoria de subvenciones para obras en centros de iniciativa social, que figuran como anexo a esta Resolución.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Educación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 50 por 100 del costo de la inversión que se proyecte. La concesión de laS subvenciones queda limitada a la consignación presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a este régimen de subvenciones las entidades titulares de centros escolares de iniciativa social concertados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones a que se refiere esta Resolución se destinarán a la financiación de proyectos de obras en centros escolares de iniciativa social.

Requisitos:

Solamente serán subvencionables, aquellos centros de iniciativa social concertados que tengan por objeto absorber incrementos de matrícula preferentemente, de líneas educativas completas de E. Infantil y E.
Primaria, y secundariamente de ciclos completos de E. Infantil y E. Primaria, mediante la ampliación, remodelación o redistribución de los espacios actuales del Centro, y que cuenten con la previa autorización
de los proyectos por parte del Departamento de Educación.

Los centros privados interesados en solicitar la subvención objeto de la presente convocatoria deberán justificar la necesidad de acometer las obras para la que se solicita subvención por no disponer de locales suficientes ante el crecimiento del centro y la insuficiencia de espacio.

Las obras deberán ejecutarse en el verano del 2006 y estar realizadas y justificado el gasto antes del 30 de noviembre del 2006.

No serán objeto de subvención otro tipo de actuaciones, como la urbanización, rehabilitación de edificios e instalaciones y la compra de equipamiento.

Quedan excluidas las construcciones de nuevos edificios por cambio de ubicación a otros solares ante el crecimiento del centro y la insuficiencia de espacios.

Según los criterios de valoración fijados en la presente convocatoria, podrán ser beneficiarios de la subvención aquellos solicitantes que obtengan, al menos, 50 puntos.

Documentos asociados

Boletín: 23/08/2006
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 101
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento