Bases para la adhesión de empresas suministradoras al Programa de Ayudas para fomentar la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación en el colectivo de autónomos.

Código de ayuda:

S20637/05

Norma:

Resolución de 8 de abril de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases se dictan en desarrollo del Plan de Innovación del Autónomo en Tecnologías de la Información y la Comunicación 2004-2006 (PIATIC), y tienen por objeto regular la adhesión de empresas suministradoras al programa de ayudas para fomentar la incorporación de tecnologías de la información y comunicación en la actividad productiva de los autónomos, en el Principado de Asturias, mediante la adquisición de equipamiento informático básico, hardware y software, y la conexión a Internet en la modalidad de banda ancha.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán adherirse al programa aquellas empresas que, cumpliendo con los requisitos que se relacionan, soliciten ser declaradas como tales y asuman y se comprometan expresamente a cumplir las obligaciones previstas.

Requisitos:

Las empresas que soliciten su adhesión al programa deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Haber desarrollado, durante los dos años anteriores a la publicación de esta convocatoria, una actividad económica, en el Principado de Asturias, incluida en alguno de los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas que habiliten para el suministro de equipamiento informático.
b) Contar, a la fecha de presentación de la solicitud de adhesión, con una plantilla mínima de tres trabajadores, debiendo acreditar al menos uno de ellos formación reglada en el área de conocimientos de la informática con nivel mínimo de FP2, y mantener dicha plantilla mínima hasta el final del programa.
c) Contar con la suficiente solvencia económica para atender la demanda de los beneficiarios, acreditada a través de alguno de los siguiente medios:
• Acreditación de que la empresa cuenta con fondos propios, a 31 de diciembre de 2004, en cuantía mínima de 15.000 euros.
• Capacidad crediticia no inferior a 15.000 euros, en el momento de la solicitud de la adhesión, acreditada mediante certificación expedida por entidad financiera.
d) Estar al corriente de obligaciones tributarias y de seguridad social y no ser deudor del Principado de Asturias por deudas vencidas líquidas y exigibles.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 99
Documento: Adhesión-Convocatoria y Anexos Descargar Documento