Bases específicas que deben regir la concesión de subvenciones para la ejecución de obras y para la adquisición y la instalación de equipamientos en los museos de Cataluña.
Código de ayuda:
S12373/25Norma:
Resolución CLT/1640/2025, de 6 de mayo.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de estas bases es la concesión de subvenciones para contribuir económicamente, durante unperíodo trienal, a la ejecución de obras y a la adquisición y la instalación de equipamientos en los museos de Cataluña para mejorar sus espacios e instalaciones, de acuerdo con la Ley 17/1990, de 2 de noviembre, de
museos.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Cultura (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la subvención, en el caso de la modalidad a de la base 1.2, para adquirir e instalarequipamientos, es de un mínimo de 2.500,00 euros y de un máximo de 50.000,00 euros, y en ningún caso
puede ser superior al 90 % del coste total de la inversión subvencionada. El presupuesto total de la inversión no puede ser superior a 60.000,00 euros.
La cuantía de la subvención en el caso de la modalidad b de la base 1.2, para ejecutar las obras y, si procede, para adquirir e instalar equipamientos, es de un mínimo de 15.000,00 euros y de un máximo de
400.000,00 euros, y en ningún caso puede ser superior al 50 % del coste total de la inversión subvencionada. El presupuesto total de la inversión no puede ser superior a 800.000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Pueden optar a estas subvenciones:a) Los entes locales de Cataluña y los organismos que dependen de ellos.
b) Los consorcios locales con domicilio en Cataluña.
c) Los organismos públicos estatales.
d) Las fundaciones y las otras entidades privadas sin finalidad de lucro que tengan domicilio en Cataluña.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Son subvencionables las actuaciones siguientes:a) La adquisición e instalación de recursos y elementos museográficos, como pantallas interactivas, vitrinas, paneles o módulos expositivos.
b) La adquisición e instalación de elementos destinados a la sostenibilidad ambiental, como, por ejemplo,
proyectos de iluminación o control de aires.
c) La adquisición e instalación de elementos destinados a la accesibilidad universal, como franjas podotáctiles, rotulaciones e inscripciones en braille o lectura fácil, barandillas, maquetas o réplicas táctiles, o mostradores accesibles.
d) La adquisición e instalación de elementos destinados a la seguridad, como cámaras de videovigilancia,
extintores y sistemas de detección de incendios.
e) La adquisición e instalación de elementos destinados a la conservación preventiva, como vitrinas, aparatos de anoxia o aparatos de control ambiental.
f) La compra de equipamientos y mobiliario, anclado o no en el pavimento, como mostradores, mesas, sillas o barandillas.
g) La compra de equipamiento y programas informáticos (maquinarias y programas).
h) Otros elementos y equipamientos similares.
i) La redacción del proyecto para el diseño o la instalación del equipamiento que se adquiere.
Documentos asociados
Boletín:
12/05/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9410
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9410
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento