Bases de los Préstamos reembolsables del departamento en colaboración con entidades de crédito para el desarrollo de la Sociedad de la Información.

Código de ayuda:

S42355/05

Norma:

ORDEN ITC/2578/2005, de 3 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar. Pendiente de Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del procedimiento de concesión y gestión de préstamos reembolsables sin intereses por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para el desarrollo de la sociedad de la información en España, en colaboración con entidades de crédito, cuando las características de las medidas o programas de fomento en que se inscriban dichos préstamos hagan aconsejable esa colaboración.

El procedimiento establecido en la presente orden se utilizará cuando las medidas o programas reúnan las siguientes características:
a) El objetivo del programa sea la incorporación masiva de colectivos numerosos a la sociedad de la información mediante la adquisición y uso de nuevas tecnologías asociadas a ella y las inversiones sigan patrones fáciles de establecer, contenidos en el propio programa.
b) Los préstamos a conceder sean inferiores a 60.000 euros, en el caso de empresas y 3.000 euros, en el caso de ciudadanos.
c) Las entidades de crédito, además de la gestión de los préstamos, deban llevar a cabo medidas activas para contribuir a que los programas alcancen al mayor número posible de beneficiarios.
d) La cuantía de las dotaciones presupuestarias aconseje limitar el número de entidades de crédito participantes, para garantizar un umbral de rentabilidad.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Sin especificar.
Se hará en la correspondiente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 06/08/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento