Bases de las Ayudas al asociacionismo en redes de desarrollo rural de ámbito estatal, y modificaciones.

Código de ayuda:

S47173/05

Norma:

ORDEN APA/2955/2005, de 7 de septiembre. ORDEN APA/1705/2007, de 5 de junio.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en cada Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento del Asociacionismo en Redes de Desarrollo Rural de ámbito estatal integradas en una Red Europea.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las ayudas, que puede recibir la asociación beneficiaria, vendrá determinado por el número de Grupos de Acción Local integrados en la red, que servirá de criterio de prioridad, en su caso.

Podrán otorgarse por cada Grupo de Acción Local integrado en la red, las siguientes cantidades:
a) Hasta 1000 euros para las actividades del artículo 3.a)
b) Hasta 500 euros para las actividades del artículo 3.b)
c) Hasta 300 euros para las actividades del artículo 3.c)
d) Hasta 200 euros para las actividades del artículo 3.d)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones en Redes de Grupos de Acción Local para el Desarrollo Rural, de ámbito estatal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El alquiler de local de oficina; material de ofimática incluidos ordenadores y programas informáticos; costes administrativos, incluidos los de personal, asistencia técnica, asesoramiento jurídico y fiscal, costes fijos y otros gastos de funcionamiento que pudieran justificarse.

b) Implantación, mantenimiento y gestión de una red telemática para el intercambio de información con los Grupos de Acción Local asociados y con la Dirección General de Desarrollo Rural a través de la Célula de promoción y animación de Desarrollo Rural, de la Subdirección General de Economía Social del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

c) Organización de reuniones y conferencias sobre desarrollo rural.

d) Realización de estudios sobre desarrollo rural con enfoque territorial.

Requisitos:

a) Que su constitución y registro sea anterior al 18 de mayo de 2001, en que se aprobó por Decisión de la Comisión n.º C(2001) 1245 el Programa para la aplicación de la Iniciativa Comunitaria LEADER PLUS y tenga presencia en todo el territorio español.
b) Que estén integradas en una Red Europea de Desarrollo Rural.
c) Que dispongan de oficinas abiertas y estructuras de servicio para sus asociados desde la fecha de su constitución.
d) Que sus asociados sean Grupos de Acción Local en el marco de la Iniciativa LEADER o del Programa PRODER.
e) Que no tengan fines de lucro. A estos efectos, se considera que no tienen fines lucrativos aquellas entidades que, aunque desarrollen actividades de carácter comercial, inviertan los beneficios resultantes de las mismas, en su totalidad, en el cumplimiento de sus fines institucionales no comerciales.
f) Que mantengan interlocución con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Documentos asociados

Boletín: 23/09/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 228
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 141
Documento: Modificación Descargar Documento