Bases Reguladoras para la concesión de Subvenciones en materia de vivienda, urbanismo y ordenación del territorio. Y modificaciones.

Código de ayuda:

S03391/06

Norma:

ORDEN FOM/88/2006, de 24 de enero. ORDEN FOM/1705/2006, de 26 de octubre.

Plazo de Solicitud:

El que se establezca en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones serán concedidas mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva.
No obstante, podrán concederse de forma directa las subvenciones que así se establezcan por una norma de rango legal.

El procedimiento de concesión de subvenciones se iniciará de oficio por Orden de la Consejería de Fomento, salvo en el caso de las subvenciones que se concedan de forma directa que se iniciará con la presentación de la solicitud por el interesado previa convocatoria al efecto.

Se sujetarán a las presentes bases reguladoras las subvenciones que convoque la Consejería de Fomento cuyo objeto sea algunos de los siguientes:

a) Las destinadas a subvencionar parcialmente la renta o precio del alquiler a personas físicas arrendatarias de viviendas situadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
b) Las destinadas a subvencionar la adquisición en propiedad de viviendas situadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
c) Las destinadas a subvencionar la adquisición en propiedad, la rehabilitación y la nueva construcción de viviendas rurales situadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
d) Las destinadas a subvencionar a Entidades Locales de Castilla y León, para la elaboración de instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial, de fases de los mismos, o de trabajos complementarios, a fin de impulsar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
e) Cualquier otra convocatoria para la concesión de subvenciones por la Consejería de Fomento en materia de vivienda, arquitectura, suelo, urbanismo u ordenación del territorio que se remita a las presentes bases.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– Las convocatorias deberán fijar la cuantía individualizada de la subvención o los criterios para su determinación.

2.– Cuando las características de la subvención lo permitan, y así lo prevea la convocatoria, podrá prorratearse la cuantía global máxima asignada a la convocatoria entre los solicitantes que reúnan los requisitos para ser beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiario cualquier persona física o jurídica que se encuentre en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y reúna los requisitos establecidos en la convocatoria respectiva.

No podrán ser beneficiarios las personas físicas en las que concurra algunas de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/02/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 25
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/11/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 215
Documento: Modificación Descargar Documento