Bases Reguladoras de las Subvenciones destinadas a financiar proyectos de formación en el sector del transporte por carretera.

Código de ayuda:

S10000/06

Norma:

DECRETO 76/2006 de 21 de marzo.

Plazo de Solicitud:

1 mes tras la publicación de la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar los proyectos de formación sobre temas de interés para el sector del transporte por carretera, con el fin de contribuir a la formación de los profesionales del sector en su conjunto y en concreto financiar:
* Cursos y actividades de formación, perfeccionamiento o reciclaje para empresarios o trabajadores del sector del transporte por carretera y actividades auxiliares y complementarias del mismo, excepto aquéllos que expresamente se excluyan en la correspondiente orden de convocatoria.
* Jornadas o seminarios cuyo contenido esté directamente relacionado con el transporte por carretera.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá rebasar el 90 % del importe del presupuesto presentado, ajustándose su cuantía a las disponibilidades presupuestarias del Departamento.

El importe máximo en concepto de gastos generales no superará el 15% del importe correspondiente a los gastos de formación, que incluyen los gastos de profesorado, material didáctico, aulas y equipos, publicidad y seguros obligatorios.

Esa partida de gastos generales incluirá los conceptos de dirección, coordinación, programación, seguimiento u otros equivalentes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones profesionales de transportistas o de empresas de actividades auxiliares y complementarias del transporte por carretera, definidas en el artículo 1 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, y las organizaciones sindicales, estando en ambos casos legalmente constituidas, siempre que estén residenciadas dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, con al menos un año de anterioridad a la publicación de la orden de convocatoria y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración previstos en el presente reglamento y oportunamente detallados en la correspondiente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 03/04/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 39
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento