Ayudas y subvenciones para los talleres duales de empleo de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Código de ayuda:

S02564/20

Norma:

ORDEN de 27 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de febrero de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras, así como la convocatoria para el año 2020, de las ayudas y subvenciones para los talleres duales de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, concebidos como programas de formación, práctica profesional y, en el caso de los ayuntamientos, mancomunidades y entidades públicas dependientes, para incentivos a la contratación temporal en empresas, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.

Los talleres duales de empleo se configuran como programas mixtos de empleo y formación que tienen por finalidad mejorar la ocupabilidad de las personas desempleadas de dieciocho o más años de edad, mediante la realización de obras o prestación de servicios de interés general y social que posibiliten al alumnado participante la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación profesional para el empleo recibida, relacionada directamente con dicho trabajo, procure su cualificación profesional y favorezca su posterior inserción laboral en el mercado de trabajo.

Se valora en el caso de los ayuntamientos, mancomunidades y entidades públicas dependientes, que se promueva la inserción laboral por cuenta ajena de las personas participantes que finalicen el taller con el resultado de apto durante un mínimo de tres meses a jornada completa en empresas del ámbito de las materias impartidas y en el ámbito territorial de los talleres duales de empleo. En su caso, las entidades promotoras deberán publicar una convocatoria de ayudas a la inserción laboral, a través de incentivos a la contratación.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser personas beneficiarias participantes en este programa aquellas que, estando desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo de Galicia, tengan una edad igual o superior a los dieciocho años.

2. Para poder participar en este programa es imprescindible cumplir los requisitos establecidos en la normativa reguladora del contrato para la formación y aprendizaje, con el objeto de estar vinculada mediante un contrato de tales características al taller dual de empleo, durante toda la duración de la etapa de formación en alternancia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11.2 y en la disposición adicional segunda del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores.

3. Si la formación para impartir en el proyecto va dirigida a la obtención de certificados de profesionalidad de nivel de cualificación 2 o 3, será necesario que el perfil del alumnado se adecue a los requisitos de acceso señalados en los reales decretos que regulan dichos certificados.

Documentos asociados

Boletín: 22/01/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/01/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento