Ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin animo de lucro para la contratación de agentes de empleo y unidades de apoyo.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S62855/22

Norma:

ORDEN de 17 de octubre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de noviembre del 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con entidades sin ánimo de lucro prestadoras de servicios sociales, a través de la concesión de ayudas y subvenciones para la contratación o prórroga de la contratación concedida en la convocatoria del año 2021 de agentes de empleo y unidades de apoyo, que colaborarán en la implantación de las políticas activas de empleo y en la realización de funciones relacionadas con la dinamización y con la creación de empleo en el ámbito de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social.

Las personas contratadas al amparo de estas ayudas colaborarán en la implantación de las políticas activas de empleo y en la realización de funciones relacionadas con la dinamización y con la creación de empleo en el ámbito de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Promoción del Empleo e Igualdad (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones previstas en la presente orden las entidades sin ánimo de lucro que establezcan acciones específicas de conformidad con sus estatutos para la inserción de las personas con discapacidad y/o en riesgo de exclusión social, siempre que no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.


Requisitos:

a)Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el correspondiente registro público.

b)Disponer de capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución de los correspondientes proyectos.

c)En todo caso, las entidades beneficiarias deberán acreditar que las personas contratadas en el marco de este régimen de ayudas no están afectas al desarrollo de una actividad económica conforme a lo establecido por la jurisprudencia comunitaria.

d)Que dispongan de un centro de trabajo, entendiendo por tal una oficina o delegación permanente que pueda ser habilitada al efecto, en la Comunidad Autónoma de Galicia, distinta de la sede social de la entidad cuando coincida con el domicilio de las personas físicas que hayan otorgado la escritura de constitución y/o dirigen la entidad, en propiedad, arrendada o cedida formalmente a esta.

e)Que tengan conexión telemática.

f)Que tuviesen contratada por cuenta ajena por más de seis meses a alguna persona trabajadora en los últimos tres años, sin que se puedan computar los contratados, en ese período, mediante las ayudas y subvenciones correspondientes a los programas y medidas de las políticas activas de empleo.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 206
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 28/10/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 206
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento