Ayudas y subvenciones para actividades de cooperación y solidaridad con los países en vía de desarrollo.

Código de ayuda:

S51791/09

Norma:

Acuerdo de 29 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto del presente acuerdo regular la concesión de ayudas y subvenciones para el desarrollo de actividades, proyectos e inversiones de cooperación y solidaridad con los países en vía de desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Otras

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Parlamento de Andalucía (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No se podrá adjudicar más del 15% del presupuesto total asignado a la presente convocatoria, en la totalidad de los conceptos de la misma, a una sola ONG.

El importe de la subvención o ayuda no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas, supere el coste de la actividad o proyecto del beneficiario.

Para actuaciones de presupuesto superior a 30.000 euros deberá existir cofinanciación de la propia organización solicitante, individualmente, en colaboración con otra ONGD o a través de subvención de otra entidad pública o privada, que coadyuve a la viabilidad del proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser destinatarias de las ayudas y subvenciones aquellas organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD), preferentemente radicadas en Andalucía y de ámbito de actuación regional, que, por sí solas o en cooperación con ONGD de países donde se pretenda llevar a cabo las intervenciones, desarrollen algunas de las actividades a que se refiere el presente acuerdo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las citadas ayudas y subvenciones irán destinadas a sufragar, total o parcialmente, los gastos que se ocasionen para la realización y ejecución en su caso de proyectos o planes dirigidos al desarrollo de estos países.

En todo caso, se valorará especialmente el que las actividades relacionadas en el párrafo anterior se dediquen a cubrir necesidades básicas para el desarrollo, tales como alimentación, suministro y depuración de aguas, sanidad, educación, iluminación, vivienda, transportes y otras similares.

Los proyectos de presupuesto inferior a 10.000 euros han de proponer actividades que queden plenamente realizadas en una anualidad.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 131
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento