Ayudas y subvenciones establecidas por el Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y dela Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, para seleccionar 20 explotaciones agrarias de las que lasmujeres sean titulares o hubieran iniciado el proceso de cotitularidad de las mismas, y 20 empresas(micropymes) lideradas por mujeres, beneficiarias de las ayudas incluidas dentro del Plan avanza 2007.

Código de ayuda:

S48100/08

Norma:

Resolucion de 19 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta resolución es fijar las bases reguladoras y la convocatoria pública para el año 2008, de las
ayudas y subvenciones establecidas por el Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de
la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva, para seleccionar 20 explotaciones agrarias de las que las
mujeres sean titulares o hubieran iniciado el proceso de cotitularidad de las mismas, y 20 empresas
(micropymes) lideradas por mujeres, beneficiarias de las ayudas incluidas dentro del Plan avanza 2007, a
través de los siguientes programas:

-Programa avanza 1: mejora de la gestión de las explotaciones agrarias por el uso de las TIC (6 en Lugo,
6 en Ourense, 4 en A Coruña y 4 en Pontevedra).

-Programa avanza 2: incorporación de las NTIC a micropymes lideradas por mujeres (10 para la incorporación de NTIC a los procesos de gestión interna de la empresa: contabilidad, recursos humanos..., y 10 para la incorporación de la empresa al comercio electrónico a través de una web).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:

a) Programa avanza 1: mejora de la gestión de las explotaciones agrarias por el uso de las TIC.
a.1) Las mujeres titulares en solitario de una explotación familiar agraria gallega.
a.2) Las mujeres cotitulares de una explotación familiar agraria gallega.

b) Programa avanza 2: incorporación de las NTIC a micropymes lideradas por mujeres.
b.1) Las empresarias autónomas, constituidas bajo cualquier tipo de sociedad, incluidas las sociedades
unipersonales.
b.2) Las empresas participadas mayoritariamente por mujeres.

A los efectos de lo establecido en el punto a.2) de este artículo, se consideran también cotitulares de una explotación familiar agraria gallega las mujeres beneficiarias de las ayudas y subvenciones convocadas por Resolución de 8 de agosto de 2006 (DOG del 18 de agosto) y Resolución de 13 de septiembre de 2007 (DOG del 21 de septiembre) del Servicio Gallego de Promoción de la Igualdad del Hombre y de la Mujer para el acceso de las mujeres a la cotitularidad de explotaciones como fórmula de integración laboral de la mujer y estímulo a las mujeres emprendedoras de Galicia. Así, aquellas mujeres beneficiarias de estas ayudas no tendrán que aportar la documentación exigida en el artículo 6.e).

A los efectos de lo establecido en el apartado b) de este artículo, serán beneficiarias del programa las
mujeres titulares de una micropyme, ya sea por titularidad única o compartida con otras mujeres, cualquiera que sea la forma jurídica de constitución.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Programa avanza 1: avance de la gestión de las explotaciones agrarias por el uso de las TIC:

Las ayudas consistirán en una subvención, y por una sola vez, que como máximo será de 4.000 euros por explotación.

Estas ayudas están destinadas a sufragar gastos derivados de la adquisición de equipamiento informático
para la explotación, que deberá reunir las siguientes características mínimas:

Procesador: Intel o AMD o compatible de más de 1.8 GHz.
Memoria caché: 2 MB de caché de nivel 2.
Memoria RAM: 2048 (2 x 1024 MB) MB.
Disco duro: por lo menos 300 GB.
Unidad óptica: DVD+-RW/+-R DL.
Tarjeta gráfica: por lo menos 256 MB de memoria propia.
Audio: altavoces estéreo.
Tarjeta de Red: ethernet 10 BASE-T/100 BASE-TX.
Conexiones inalámbricas: WLAN 802.11 b/g.
Dispositivos de entrada/salida:
-Por lo menos un puerto Firewire.
-Por lo menos 4 puertos USB 2.0.
-Lector de tarjetas: compatible con Memory Stick estándar, Smart Card, Compact Flash, SD, etc.
-Teclado en español.
-Ratón con rueda de navegación.
-Monitor TFT de 19 pulgadas y resolución mínima de 1280x1024.
-Sistema Operativo basado en software libre, preinstalado.
Características generales del portátil:
Procesador: Intel o AMD o compatible de más de 1.6 GHz.
Memoria caché: 2 MB de caché de nivel 2.
Memoria RAM: 2048 MB.
Disco duro: por lo menos 120 GB.
Unidad óptica: DVD+-RW/+-R DL.
Tarjeta gráfica: por lo menos 128 MB de memoria propia.
Tarjeta de red: Ethernet 10 BASE-T/100 BASE-TX.
Conexiones inalámbricas: WLAN 802.11 b/g.
Batería de ión de litio (Li-Ion) de 6 celdas.
Dispositivos de entrada/salida: por lo menos un puerto Firewire, por lo menos 2 puertos USB 2.0, monitor
externo, ranura Express Card.
Sistema operativo basado en software libre, preinstalado.

En el caso de dispositivos periféricos y otros equipos necesarios para el desarrollo de la actividad, tales
como impresoras, escáneres, cámaras web o similares, deberán disponer de controladores compatibles con el sistema operativo basado en software libre preinstalado.

La compra del material informático por parte de las destinatarias estará supervisada y asesorada por el Servicio Gallego de Igualdad que, con carácter previo, visitará la explotación y elaborará un informe de las
necesidades reales de hardware y comunicaciones de la misma.

Las beneficiarias de las ayudas deberán comprometerse a incorporarse a un programa de formación en
el uso del software dentro del programa Avanza. Este programa será llevado a cabo de manera individualizada y personalizada en la explotación a la que el hardware se destine.

b) Programa avanza 2: incorporación de las NTIC a micropymes lideradas por mujeres:

Las ayudas consistirán en una subvención, y por una sola vez, que como máximo será de 10.000 euros
por empresa.

Estas ayudas están destinadas a sufragar gastos derivados de la adaptación del software a las necesidades
de la empresa. La aplicación web de comercio electrónico contendrá, por lo menos, los módulos catálogo
de productos, cesta de la compra y pasarela de pago. El software destinado a los procesos de gestión
interna de la empresa será de estándares abiertos y multiplataforma y contendrá como mínimo las aplicaciones ofimática, de contabilidad, de inventario y de gestión de personal.

Las beneficiarias o usuarias de las ayudas deberán comprometerse a incorporarse a un programa de formación en el uso del software dentro del programa avanza.

Esta subvención será compatible con otros programas elaborados por las administraciones públicas,
excepto que se trate de subvenciones del mismo tipo, concepto y finalidad.

Las ayudas de ambas líneas son incompatibles entre sí y con otras ayudas percibidas para la misma
finalidad, de acuerdo con los artículos 14.1º, 17.2º, 17.3º y 17.4º de la Ley 9/2007, de subvenciones de
Galicia.

Documentos asociados

Boletín: 27/06/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 124
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento