Ayudas y medidas urgentes y de caracter excepcional para reparar los daños producidos por las lluvias en el Archipiélago los días 31 de enero y 1 y 2 de febrero de 2010.

Código de ayuda:

S07282/10

Norma:

DECRETO 12/2010, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer ayudas y medidas para reparar los daños ocasionados por las intensas lluvias caídas en el Archipiélago los días 31 de enero y 1 y 2 de febrero de 2010.
Se establecen distintos tipos de ayuda:
1- Ayudas y medidas excepcionales a familias.
2- Ayudas en materia de vivienda.
3- Ayudas por daños en producciones e infraestructuras en el sector agrario.
4- Ayudas por daños en vehículos.
5- Ayudas a empresas y profesionales en el sector turístico.
6- Medidas para reparación de infraestructuras municipales e insulares.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Presidencia del Gobierno (Canarias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas vendrá determinado por la cuantía de los daños sufridos, de conformidad con la siguiente escala:

a) 3.000 euros cuando la valoración de los daños sea igual o superior a 12.000 euros.

b) 2.000 euros cuando la valoración de los daños sea igual o superior a 3.000 euros e inferior a 12.000
euros.

c) 1.000 euros cuando la valoración de los daños sea superior a 1.000 euros e inferior a 3.000 euros.

Si la valoración de los daños fuera igual o inferior a 1.000 euros, la cuantía de la ayuda será el importe
de los daños ocasionados, siempre que los únicos ingresos que perciba la unidad familiar en la cual se integra el solicitante procedan del ejercicio de la referida actividad empresarial o profesional.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Titulares de viviendas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar en el Decreto cada uno de los tipos de ayuda.

Requisitos:

a) En el supuesto de las ayudas previstas en el apartado 1 y 2 de este artículo y las destinadas a la reparación de daños producidos en las estructuras y los medios de producción de las explotaciones agrícolas, ganaderas y avícolas, a las que se refiere el apartado 4 de este artículo, que son titulares de pequeñas y medianas explotaciones agrícolas, ganaderas o avícolas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas, entendiendo por tales, los previstos en el apartado 2 del artículo 2 del Reglamento (CE) 1857/2006, de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, sobre aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) 70/2001, y que cumplen los requisitos establecidos en dicho Reglamento.

b) En el supuesto de las ayudas a la reparación de daños en las infraestructuras de industrialización y comercialización de productos agrícolas de las entidades comercializadoras, previstas en el apartado 4 de este artículo, que son personas físicas o jurídicas que tienen como actividad principal la transformación y/o comercialización de productos incluidos en el anexo I del Tratado de la Unión Europea, y que cumplen además los requisitos establecidos en el Reglamento (CE) 1998/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.

c) Que son titulares de las explotaciones o inmuebles objeto de las ayudas.

d) Que han sufrido los daños objeto de las ayudas. Dicho extremo se acreditará mediante un informe de daños evacuado por el servicio correspondiente de los respectivos Cabildos Insulares.

e) En el caso de que los peticionarios sean comunidades de bienes, hereditarias o proindiviso, que
existe un acuerdo de todos los integrantes por el que se rige la realización de la actividad o conducta objeto
de ayuda y su mantenimiento, en el que deberá contemplarse la designación del representante o representantes encargados de gestionar y cobrar la misma.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2010
BOC Boletín Oficial de Canarias- Nº 26
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento