Ayudas y Subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos.

Código de ayuda:

S09573/06

Norma:

ORDEN AEC/989/2006, de 15 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Se determinará en cada convocatoria. Para 2006, hasta el 4 de mayo de 2006.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden Ministerial tiene por objeto convocar ayudas y subvenciones destinadas a la financiación de actividades relativas a la mejora, el desarrollo y el conocimiento de los derechos humanos.

Dichas subvenciones tienen como finalidad contribuir al desarrollo, la mejora del conocimiento y el fortalecimiento de los derechos humanos en las distintas esferas, mediante la realización de proyectos de ámbito nacional, o de ámbito internacional que tengan relación con España.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Instituciones y Entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras, sin ánimo de lucro.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituida al menos con dos años de anterioridad a la fecha de constitución de la convocatoria.
b) Estar especializada y acreditar experiencia en la realización de las actividades objeto de la concesión de la subvención.
c) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de la actividad que constituye el objeto de la subvención.
d) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y para con la Seguridad Social con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
e) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a la Entidad beneficiaria.
f) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación o de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

Documentos asociados

Boletín: 05/04/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 81
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento