Ayudas vivienda habitual.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S43228/14

Norma:

Torrelodones, a 12 de agosto de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/10/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas dirigidas a empadronados en Torrelodones para colaborar con los gastos de vivienda habitual en propiedad.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Torrelodones (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será igual al 0,20 % del valor catastral de la vivienda habitual del año 2013, estableciéndose un tope máximo por beneficiario de 250 € (doscientos cincuenta euros).

En el caso de que el 0,20% del valor catastral de la vivienda sea inferior al tope máximo de la ayuda (250€), podrá alcanzarse el mismo acreditando, al menos, un gasto igual o superior a dicha cantidad en suministros básicos como electricidad, gas, agua o cualquier otro gasto ineludible para el uso del inmueble como vivienda habitual.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aliviar los gastos de la vivienda habitual a los ciudadanos del municipio, que han visto sus recursos mermados debido a lo prolongado de la actual situación de crisis económica, como pueden ser los jubilados con pensiones no contributivas, que sustentan con la misma en ocasiones a toda la familia, los desempleados de larga duración, y las familias con varios miembros en situación de desempleo.

Se establecen como gastos subvencionables el suministro eléctrico, abastecimiento de agua, gas, tributos y cualquier otro periódico e ineludible para el uso de la vivienda.

Requisitos:

Para poder solicitar estas ayudas es requisito que el solicitante, así como la unidad familiar, estén empadronados en Torrelodones en su vivienda habitual en la fecha de aprobación de las presentes Bases.
A tal efecto, se entenderá por vivienda habitual aquella unidad urbana de uso residencial destinada exclusivamente a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del sujeto pasivo y su familia.

No podrán optar a la presente subvención quienes ostenten la propiedad de más de una vivienda en Torrelodones.

Sólo se podrá solicitar una ayuda por vivienda.

Cuando la propiedad de la vivienda sea compartida, podrá solicitar la ayuda cualquiera de los titulares que reúna el resto de condiciones de la convocatoria, especialmente las referidas al empadronamiento y uso de la misma como vivienda habitual.

Documentos asociados

Boletín: 01/09/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 207
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 01/09/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 207
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento