Ayudas urgentes para reparar los daños producidos por las inundaciones y la tormenta de granizo del 16 de agosto de 2003 en Alcañiz.

Código de ayuda:

S02764/03

Norma:

Real Decreto Ley 5/2003, de 19 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Catálogo de medidas que afectan a varios departamentos ministeriales y abarcan aspectos muy diferentes, dirigidos a la concesión de ayudas
económicas a los afectados, fundamentalmente para la reparación de viviendas a la que se ha dado prioridad debido a su magnitud, otras, como la disminución de cargas tributarias o la concesión de créditos privilegiados, intentan paliar el impacto del siniestro sobre las empresas y particulares afectados.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Administraciones Públicas ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según las acciones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Personas físicas y juridicas perjudicadas por las inundaciones y la tormenta de granizo acaecidas el día 16 de agosto de 2003 en la localidad de Alcañiz (Teruel).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Proyectos que ejecute la corporación municipal de Alcañiz para las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones públicas.
- Los daños ocasionados en las explotaciones agrarias que, teniendo pólizas en vigor amparadas por el Plan de seguros agrarios para el ejercicio 2003, hayan sufrido pérdidas por daños en sus producciones no cubiertos por las líneas de seguros agrarios combinados.
- Beneficios Fiscales en el IBI, IAE, tributos locales o Tasas de Tráfico.
- Reducciones fiscales especiales para las actividades agrarias.
- Medidas laborales y de Seguridad Social.
- Obras, servicios, adquisiciones o suministros de emergencia para la reparación o mantenimiento del servicio de infraestructuras y equipamientos, así como las obras de reposición de bienes perjudicados por la catástrofe cualquiera que sea su cuantía.
- Ayudas excepcionales para viviendas de hasta 24000 euros.

Requisitos:

Diversa documentación y acreditación.

Documentos asociados

Boletín: 20/09/2003
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 226
Documento: Convocatoria Descargar Documento