Ayudas urgentes para realizar actuaciones en países especialmente vulnerables vinculados a la cooperación valenciana y en proyectos relacionados con la Covid-19.

Código de ayuda:

S66737/21

Norma:

DECRETO 197/2021, de 3 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras para la concesión directa de subvenciones, con carácter singular y excepcional, en el marco de la respuesta institucional ante la pandemia covid-19 a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) para la realización de programas y proyectos vinculados a actuaciones de interés público, social o económico en países especialmente vulnerables vinculados a la cooperación valenciana, en los que la pandemia provocada por la covid-19 ha supuesto un amplio retroceso en su desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades beneficiarias de estas subvenciones son las ONGD, individualmente, o en agrupación con otra u otras, que cumplan los requisitos, previstos en la Resolución de 8 de junio de 2021, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones a organizaciones no gubernamentales para el desarrollo (ONGD) para la financiación de proyectos y programas de cooperación internacional al desarrollo a ejecutar en países y poblaciones estructuralmente empobrecidas.

Requisitos:

a) Los exigidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

b) Acreditar que disponen de capacidad financiera y de gestión para realizar el proyecto subvencionable.

c) Estar inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana, antes del 1 de enero de 2020.

d) Tener domicilio social o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, inscrita en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.

e) Contar con base social (personas asociadas, voluntariado o asimilable) de la ONGD en la Comunitat Valenciana: se tiene que poder acreditar un número mínimo de 10 personas entre todas estas categorías,
que tengan residencia en la Comunitat Valenciana.

f) La entidad tiene que haber desarrollado 10 actividades en el ámbito de la difusión, de los ODS, sensibilización o educación para la ciudadanía global en la Comunitat Valenciana durante los 3 años anteriores a la presente convocatoria. Se entiende por actividad: una formación, un taller, una exposición, una charla o actividades análogas. Se consideran actividades diferenciadas la misma actuación desarrollada en diferentes zonas.

g) Acreditar experiencia en la realización, individualmente o en agrupación con otras ONGD, de al menos cuatro proyectos o programas ejecutados, de cooperación internacional al desarrollo en terceros países, o de cooperación técnica, financiados por administraciones públicas o por entidades privadas, excepto para el caso de las solicitudes relativas a la modalidad D) en los que no habrá que acreditar experiencia anterior.

En el supuesto de que se aporten como experiencia proyectos o programas financiados únicamente por entidades privadas, la financiación de cada proyecto o programa por parte de este tipo de entidades tiene
que ser de al menos 10.000 euros. Se excluyen los proyectos o programas financiados únicamente con los fondos propios de la entidad solicitante.

h) Las entidades que presenten solicitud de subvención a programas de la modalidad A), tienen que acreditar, ya sea individualmente o en agrupación, una experiencia en ejecución de proyectos o programas,
cuya cuantía de financiación pública o privada sea por un importe total mínimo de un millón de euros. Estos proyectos o programas tienen que haber finalizado su ejecución después del 31 de diciembre de 2007.
En caso de no cumplir este requisito, el programa quedará excluido de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 21/12/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9239
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento