Ayudas urgentes a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes del sector deportivo afectadas por la crisis de la COVID-19.

Código de ayuda:

S03719/21

Norma:

Ley del Principado de Asturias 3/2020, de 30 de diciembre. Resolución de 15 de febrero de 2021. Resolución de 29 de octubre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de noviembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se aprueba la convocatoria de ayudas urgentes a trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de
bienes, sociedades civiles y pymes del sector deportivo afectadas por la crisis de la COVID-19.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Creación nuevas empresas
  • Otras

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Bloque 1. Actividades suspendidas, con interrupción total de la prestación de servicios.

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 4.500 €

b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 6.000 €

c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 7.500 €

d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 9.000 €

Bloque 2. Actividades limitadas severamente.

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 3.000 €

b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 4.000 €

c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 5.000 €

d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 6.000 €

Bloque 3. Actividades afectadas por restricciones

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 1.500 €

b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 2.000 €

c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 2.500 €

d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 3.000 €

Estas cifras se verán incrementadas en atención al número de establecimientos de la persona o entidad beneficiaria, en los siguientes importes:

a) Dos establecimientos: Cuantía única de 2.000 €.

b) Tres o cuatro establecimientos: Cuantía única de 3.000 €.

c) Cinco o más establecimientos: Cuantía única de 4.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas propuestas los trabajadores por cuenta propia o autónomos, comunidades de bienes, sociedades civiles y pymes afectadas por la crisis de la COVID-19, con domicilio fiscal en el territorio del Principado de Asturias y cuyas actividades no puedan ser desarrolladas, como consecuencia de la aplicación de medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Requisitos:

Bloque 1. Actividades suspendidas, con interrupción total de la prestación de servicios.

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 4.500 €

b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 6.000 €

c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 7.500 €

d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 9.000 €

Bloque 2. Actividades limitadas severamente.

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 3.000 €

b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 4.000 €

c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 5.000 €

d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 6.000 €

Bloque 3. Actividades afectadas por restricciones

a) Solicitantes que no tengan trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 1.500 €

b) Solicitantes que tengan entre 1 y 4 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 2.000 €

c) Solicitantes que tengan entre 5 y 9 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 2.500 €

d) Solicitantes que tengan entre 10 y 249 trabajadores según lo descrito en la presente resolución: Cuantía única de 3.000 €

Estas cifras se verán incrementadas en atención al número de establecimientos de la persona o entidad beneficiaria, en los siguientes importes:

a) Dos establecimientos: Cuantía única de 2.000 €.

b) Tres o cuatro establecimientos: Cuantía única de 3.000 €.

c) Cinco o más establecimientos: Cuantía única de 4.000 €.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2020
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 251
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Boletín: 19/02/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 34
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
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