Ayudas urgentes a personas trabajadoras en régimen de autónomo afectadas por la Covid-19.

Código de ayuda:

S13555/20

Norma:

DECRETO 44/2020, de 3 de abril. RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Del día 8 de abril de 2020 y finalizará a las 09.00 horas del día 4 de mayo de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.500

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Este decreto tiene por objeto la concesión de ayudas a las personas trabajadoras autónomas de la Comunitat Valenciana, incluidos los socios de cooperativas de trabajo asociado, para compensar la disminución de ingresos derivada de la declaración del estado de alarma.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Otras

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

LABORA - Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la ayuda ascenderá a 1.500 euros para las personas obligadas a la suspensión de actividades por el Real decreto 463/2020; y de 750 euros para el resto.

2. La dotación de estas subvenciones asciende a un importe global máximo estimado de 57.500.000 euros, fondos propios de la Generalitat, sin perjuicio de su posible ampliación con fondos procedentes del Estado o de la Unión Europea que puedan dar lugar a una generación, ampliación o incorporación de crédito. Esta dotación será objeto de territorialización provincial con carácter estimativo, de acuerdo con lo que se expone a continuación:

Alicante: 21.500.000 euros.

Castellón: 7.000.000 euros.

Valencia: 29.000.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Pesca y acuicultura, regulados por el Reglamento (CE) Núm. 104/2000 del Consejo.

b) Producción primaria de los productos agrícolas (que figuran en la lista del anexo I del Tratado).

c) Las ayudas concedidas a las empresas que operan en el sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, en los casos siguientes:

c.1) cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.

c.2) cuando la ayuda esté supeditada a que una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.

d) Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o Estados miembros, es decir, las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes vinculados a la actividad exportadora.

e) Ayudas condicionadas a la utilización de productos nacionales en lugar de importados.

Requisitos:

a) Haber figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.

b) Haber suspendido la actividad como consecuencia de las medidas adoptadas por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo o, en caso de mantener la actividad, haber reducido la facturación correspondiente al mes anterior a la solicitud de la ayuda en, al menos, un 75 por ciento respecto del promedio facturado en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona solicitante no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad.

c) Tener el domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

Documentos asociados

Boletín: 04/04/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8782
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 04/04/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8782
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 24/11/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9222
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