Ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, en el ámbito territorial de las Islas Baleares, para los años 2018-2019.

Código de ayuda:

S54382/18

Norma:

Resolución de 15 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se establece la regulación del procedimiento de convocatoria del concierto del servicio de ayudas técnicas y apoyo tecnológico para la promoción de la autonomía personal, para los años 2018-2019, y se dicta al amparo del Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Servicios Sociales y Cooperación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo estimado para asignar es de 292.100,00 € (exento de IVA), a cargo de la anualidad del 2019. En todo caso, este valor estimado tiene carácter orientativo y no vinculante. El gasto real quedará limitado por el número total de sesiones que ofrezca la entidad y por los servicios que requiera efectivamente la Administración.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a. Tener el servicio autorizado de conformidad con el Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios genera les y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas grandes y personas con discapacidades, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para estos sectores de población, y la normativa complementaria insular.

b. Tener una experiencia mínima de un año en materia de servicios de promoción de la autonomía personal con apoyo tecnológico en el ámbito de los servicios sociales de las Islas Baleares. La experiencia sólo se puede acreditar con los documentos que establece el punto 5.3, apartado a, de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 25/10/2018
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 133
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento