Ayudas sociales para la utilizacion de bono-taxi, medio alternativo de transporte adaptado a personas afectadas por graves discapacidades de movilidad.

Código de ayuda:

S53437/14

Norma:

Burlada, 25 de noviembre de 2014. Burlada, 13 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 29/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento para la concesión de subvenciones/ayudas temporales, para el uso del servicio público de taxi.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Burlada (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía subvencionable será el 75% del coste total justificado, quedando el 25% restante a cargo del usuario/a.

La cuantía máxima que se concederá a cada beneficiario mensualmente de 85 euros. para el año 2015.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas, vecinas de Burlada, afectadas por graves discapacidades de movilidad, que no puedan hacer uso del transporte público colectivo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los desplazamientos alcanzarán el área interurbana del Transporte Público Comarcal y el acceso a aquellos centros y servicios socio-sanitarios y socioeducativos que estén ubicados más allá de esa área, en un radio no superior a 15 km de Burlada.

Requisitos:

a) Tener residencia efectiva en la localidad y estar empadronados en Burlada con una antigüedad mínima de 1 año al formalizar la solicitud y permanecer de alta en el Padrón Municipal mientras se perciba la ayuda.

b) Estar afectado por pérdida funcional, anatómica o visual que en grado igual o superior al 33% le dificulte gravemente el acceso a transporte colectivo, y así se acredite en el Certificado Oficial de Grado de Discapacidad (Baremo R.D. 1971/1999: apartados A, B, C, o un mínimo de 7 puntos por los apartados D. E. F. G. H.).

c) No encontrarse, por razón de su estado de salud u otras causas, imposibilitado para efectuar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.

d) No ser beneficiario/a de la exención del impuesto de circulación (ar.160.d) de la LFHL).

e) No poseer vehículo propio adaptado para la conducción por persona con discapacidad motora, en el supuesto de solicitantes mayores de 18 años.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias u otras de carácter municipal con el Ayuntamiento de Burlada.

g) No superar la unidad familiar unos ingresos anuales relativos al último ejercicio declarado para el IRPF según el cuadro indicado en el artículo 3.de la Ordenanza reguladora de la presente convocatoria.

h) Haber presentado la solicitud y documentación requerida en la convocatoria dentro del plazo establecido.

Documentos asociados

Boletín: 30/07/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 145
Documento: Bases (Págs. 8297-8300) Descargar Documento
Boletín: 09/12/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 239
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento