Ayudas sociales de carácter extraordinario para proporcionar o reforzar la alimentación de los menores que no tienen acceso al servicio de comedores escolares durante el periodo estival..- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S30482/14

Norma:

ORDEN de 20 de junio de 2014. ORDEN de 26 de junio de 2014. ORDEN de 22 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 6 de julio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento y regulación de las ayudas sociales, de carácter extraordinario para proporcionar o reforzar la alimentación de los menores que no tienen acceso a las becas de comedor durante el periodo estival, en aquellos municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón dónde no se proceda a la apertura de comedores escolares.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Consejería de Sanidad (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la prestación será de 180 euros por niño y para todo el periodo estival, aumentándose dicha cuantía en una cantidad de 120 euros por cada hermano que conviva en la misma unidad familiar, hasta una cantidad máxima de 600 euros. El pago se realizará en un pago único y no consolidable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los padres, madres o tutores legales de los alumnos escolarizados en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que durante el curso escolar 2014-2015 han sido beneficiarios por motivos económicos de una beca de comedor del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a través de la Orden de 27 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte por la que se resuelve la convocatoria de ayudas de comedor para el alumnado escolarizado en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2014-2015, así como aquellos que hubiesen resultado beneficiarios como consecuencia de la estimación de los recursos correspondientes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La alimentación de los menores que no tienen acceso al servicio de comedores escolares durante el periodo estival, en aquellos municipios de la Comunidad Autónoma de Aragón dónde no se proceda a la apertura de comedores escolares.

Requisitos:

Para ser beneficiarios deberán asimismo residir en un municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón en el que no se preste un servicio de comedor escolar durante el periodo estival financiado con fondos públicos.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 121
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/06/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 124
Documento: Ampliación Plazo Presentación. Descargar Documento
Boletín: 24/06/2015
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 119
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento