Ayudas sociales al personal que presta sus servicios en la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S40628/11

Norma:

Resolución de 20 de julio de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/09/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La atención de diversos gastos vinculados a la acción social promovida por la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias con sus empleados públicos.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A.—Ayudas por estudios del personal durante el curso 2010/2011.

A.1. Gastos de matrícula:

El 100% del importe de las tasas satisfechas, con un límite máximo de 600,00 euros.

En el caso de curso de formación teórica homologado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para su acceso al ROAC, la cuantía de la ayuda será del 30% del importe satisfecho con un límite máximo de 900,00 euros.

A.2. Adquisición de libros y material escolar relacionados con los estudios:

El importe que se justifique, con un límite máximo de:

— 328,00 euros para Licenciaturas, Cursos de Doctorado y Estudios oficiales de Posgrado conforme a lo dispuesto en las normas que establezcan la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

— 246,00 euros para Diplomaturas Universitarias.

— 205,00 euros para Acceso a la Universidad para mayores de 25 años, primero y segundo cursos de Bachillerato, Formación Profesional y ciclos formativos de grado medio y superior, Graduado en Educación Secundaria y estudios de idiomas en escuelas oficiales.

— 117,00 euros para estudios de idiomas a través del programa “That´s English”.

B. Ayudas por estudios de hijos del personal durante el curso 2010/2011.

B.1. Gastos de matrícula:

El 100% del importe de las tasas satisfechas, con un límite máximo de 600,00 euros.

B.2. Adquisición de libros y material escolar:

— 287,00 euros para Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior; Garantía social y Música en Conservatorios Oficiales (Grado Medio).

— 246,00 euros para Educación Primaria Obligatoria, y Estudios de música en Conservatorios Oficiales (Grado Elemental).

— 164,00 euros para Educación Infantil.B.3. Gastos de guardería:

— 49,00 euros por mes completo hasta un máximo de 539,00 euros anuales.

B.4. Gastos de comedor:

— 25% del total de gastos, con un máximo de 108,00 euros anuales.

C. Ayudas por hijos con discapacidad.

La cuantía de la ayuda por hijos con discapacidad estará en función del grado de discapacidad que presente el hijo para el que se solicita la ayuda, con el siguiente baremo:

— Grado de discapacidad entre el 33 y el 64%: 1.627,00 euros.

— Grado de discapacidad entre el 65 y el 74%: 2.170,00 euros.

— Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 2.604,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal en activo de la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias, o que se encuentre en situación de excedencia por cuidado de hijo o familiar o en situación de incapacidad temporal, y ello en conexión con lo previsto en la base primera de este anexo en relación con el objeto de las ayudas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) ayudas por estudios del personal durante el curso 2010/2011.

1. Son ayudas para los estudios del personal al servicio de la Sindicatura de Cuentas que hayan sido realizados, durante el curso académico 2010/2011, en centros públicos oficiales españoles que habiliten para la obtención de títulos académicos o profesionales oficialmente reconocidos.

2. Tratándose de estudios universitarios, estos habrán de ser cursados en:

— Centros públicos españoles.

— C entros públicos de Universidades ubicados en el territorio de otros países de la Unión Europea.

— Centros públicos ubicados en el territorio español que impartan estudios conforme al sistema universitario vigente en alguno de los países de la Unión Europea.

3. Solamente se concederá ayuda para una clase de estudios, y se podrán solicitar ayudas por los siguientes conceptos:

A.3.1 Gastos por matrícula para estudios de:

— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

— Diplomados Universitarios.

— Licenciaturas.

— Grado y Posgrado (máster y doctorado) conforme a lo dispuesto en las normas que establezcan la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

— Cursos de Doctorado.

— Idiomas en Escuelas Oficiales.

— I diomas a través del Programa “That´s English”.

A.3.2 Gastos para adquisición de libros y material escolar de:

— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

— D iplomaturas Universitarias.

— L icenciaturas.

— Estudios oficiales de Grado y Posgrado conforme a lo dispuesto en las normas que establezcan la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

— Cursos de Doctorado.

— Graduado en Educación Secundaria.

— Bachillerato.

— Formación Profesional y Ciclos formativos en Grado Medio y Superior.

— Estudios de Idiomas en Escuelas Oficiales.

— Estudios de Idiomas a través del Programa “That´s English”.

A.3.3 Otros cursos:

— C urso de formación teórica homologado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) para su acceso al ROAC.

B) Ayudas por estudios de hijos del personal durante el curso 2010/2011.

1. Son ayudas para los estudios de hijos del personal al servicio de la Sindicatura de Cuentas que hayan sido realizados, durante el curso académico 2010/2011, en centros oficiales españoles que habiliten para la obtención de títulos académicos o profesionales oficialmente reconocidos y siempre que los hijos para los que se solicita la ayuda no perciban ingresos derivados del trabajo personal. Solamente se concederá ayuda para una clase de estudios.

Quedan excluidos los estudios de especialización, estudios no oficiales de máster, títulos propios de las universidades y todos aquellos estudios que no sean oficiales.

2. Tratándose de estudios universitarios, estos habrán de ser cursados en:

— Centros públicos españoles.

— Centros públicos de Universidades ubicados en el territorio de otros países de la Unión Europea.

— Centros públicos ubicados en el territorio español que impartan estudios conforme al sistema universitario vigente en alguno de los países de la Unión Europea.

3. Pueden solicitarse ayudas por los siguientes conceptos:

B.3.1 Gastos por matrícula para estudios de:

— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

— Diplomados Universitarios.

— Licenciaturas.

— Grado y Posgrado (máster y doctorado) conforme a lo dispuesto en las normas que establezcan la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

— Idiomas en Escuelas Oficiales.

— Idiomas a través del Programa “That´s English”.

— Estudios de música en Conservatorios Oficiales.

B.3.2 Gastos para adquisición de libros y material escolar de:

— Educación Infantil.

— Educación Primaria.

— Educación Secundaria Obligatoria.

— Bachillerato.

— Formación Profesional y ciclos formativos de grado medio y superior.

— Estudios de música en Conservatorios Oficiales.

— Garantía Social.

B.3.3 Gastos de guardería:

Gastos de guardería y escuela infantil, u otros servicios públicos de atención a la infancia, por hijos en edades comprendidas entre 0 y 3 años.

Podrán ser solicitadas estas ayudas por el personal con hijos que a fecha límite de 31 de diciembre del año anterior no hayan cumplido los 3 años de edad.

B.3.4 Gastos de comedor escolar:

Las ayudas de comedor por hijos matriculados en las etapas educativas del apartado B.3.2. o en Guardería o Escuela Infantil o servicio público de atención de 0 a 3 años. Los gastos de comedor deberán demostrarse documentalmente.

C) Ayudas por hijos con discapacidad.

Tienen por objeto el apoyo al personal de la Sindicatura de Cuentas con hijos integrados en su unidad familiar afectados de una discapacidad física, psíquica o sensorial que requiera atención especial, sin límite de edad.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 183
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento