Ayudas, se regulan las medidas de apoyo a la participación de las empresas que integran el sector audiovisual de la Comunidad Autónoma del País Vasco en eventos audiovisuales de carácter internacional (Niniak).

Código de ayuda:

S66573/08

Norma:

ORDEN de 1 de octubre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/11/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

A través de esta Orden se regulan las ayudas conocidas con la denominación genérica de «Niniak», que tienen como finalidad apoyar la presencia de las productoras y distribuidoras independientes de la Comunidad Autónoma del País Vasco en eventos audiovisuales de carácter internacional.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de estas ayudas se destinarán a cubrir los gastos de desplazamiento, alojamiento y acreditación ocasionados por la participación de la empresa beneficiaria en alguno de los siguientes mercados o festivales, sin rebasar el máximo de mil trescientos cincuenta (1.350,00) euros o de cuatrocientos cincuenta (450,00) euros si el Departamento de Cultura organiza un stand «Niniak» en el mismo:

– Festivales Internacionales de otros países clasificados como «A» por la Federación Internacional de Productores de Películas (FIAPF): Berlín, El Cairo, Cannes, Karlovy Vary, Locarno, Moscú, Mar del Plata, Shanghai, Tokyo, Venecia.
– NATPE (EEUU).
– AFM (EEUU).
– MIPTV (Francia).
– MIFA (Francia).
– Sunny Side of the Doc (Francia).
– MIPCOM (Francia).
– MIFED (Italia).
– IDFA (Holanda).
– Festival Internacional de Cine Cinema Jove (España).
– Festival Internacional de Cortometrajes de Clermont-Ferrand (Francia).
– Festival Internacional de animación 3D del Siggraph.

No se apoyarán más de dos eventos por empresa. En este cómputo se incluyen los mercados en los que las empresas vascas participen en el stand del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.

En el momento de emisión de la resolución se asignarán las cantidades concretas a los solicitantes, que habiendo formulado la correspondiente solicitud de ayuda en plazo reúnan los requisitos para acceder a las ayudas, se efectuará asignando la cantidad máxima que se contempla en el apartado 2. En el supuesto de que la dotación máxima no alcanzase para atender a todos los solicitantes, la cantidad objeto de reparto se prorrateará entre todos los beneficiarios.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas del programa Niniak:

a) Las empresas de producción, personas físicas o jurídicas privadas, independientes (que tengan iniciativa
y asuman la responsabilidad en la realización de una obra audiovisual y no estén participadas de forma
mayoritaria por una entidad que gestione directa o indirectamente servicios de televisión) que a la fecha de publicación de esta convocatoria tengan domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi y estén dados de alta en el epígrafe correspondiente a la producción audiovisual del impuesto de actividades económicas.

b) Las empresas de distribución, personas físicas o jurídicas privadas, independientes (que comercialicen obras audiovisuales y que no estén participadas de forma mayoritaria por una entidad que gestione directa o indirectamente servicios de televisión) que a la fecha de publicación de esta convocatoria tengan domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi y estén dados de alta en el epígrafe correspondiente a la distribución audiovisual del impuesto de actividades económicas.

En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, la concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

Supondrá impedimento para acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria estar sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o incurso en prohibición legal que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Es objeto del programa Niniak apoyar la participación de productoras y distribuidoras independientes de la CAPV, durante el ejercicio 2008, en eventos audiovisuales de carácter internacional, así como impulsar actividades diversas para la difusión exterior del sector audiovisual vasco conforme a las fórmulas que a continuación se detallan:

a) Se apoyará a las empresas que participen en determinados eventos audiovisuales de carácter internacional mediante la concesión de ayudas en concepto de bolsas de viaje en los términos que se señalan en el Capítulo II.

b) La Dirección de Promoción de la Cultura organizará stands bajo el lema «Niniak» en determinados eventos audiovisuales de carácter internacional con el fin de apoyar a las productoras y distribuidoras vascas que participen en el evento en los términos del Capítulo II.

A tal efecto se entenderá por productor y por distribuidor independiente, aquella persona física o jurídica que no sea objeto de influencia dominante por parte de las entidades de radiodifusión televisiva por razones de propiedad, participación financiera o de las normas que le rigen.

La solicitud para tomar parte en el Programa Niniak supone la aceptación y autorización de los participantes para que la Administración desarrolle y promueva las actividades que se contemplan en la presente, y pueda incorporar en los soportes promocionales que se confeccionen la parte o el todo de los proyectos/obras audiovisuales que se presenten.

A tal efecto la persona solicitante será la responsable de recabar las autorizaciones que en orden al cumplimiento de ese objetivo sean necesarios respecto de los autores materiales de los proyectos/obras presentadas.

Documentos asociados

Boletín: 23/10/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 203
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento