Ayudas, se convoca concurso público para la concesión de asignaciones por gastos extraordinarios de funcionamiento y subvenciones a centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, respectivamente, ubicados en la Comunitat Valenciana, para la realización de encuentros, seminarios y jornadas sobre la Formación Profesional.

Código de ayuda:

S59500/08

Norma:

ORDEN de 4 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar concurso público para la concesión de asignaciones por gastos extraordinarios de funcionamiento y subvenciones a centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, respectivamente, ubicados en la Comunitat Valenciana, para financiar parcial o totalmente la celebración de actividades de carácter divulgativo: encuentros, seminarios, jornadas y otras actividades de naturaleza similar, sobre la Formación Profesional que tengan o hayan tenido lugar en la Comunitat Valenciana a lo largo de todo el año 2008.

Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se incluyen en el anexo I a la presente orden, así como el modelo de solicitud que consta en el anexo II.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Educación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece como cuantías máximas de asignación o subvención por proyecto, la cantidad máxima será de 6.000 euros.

La asignación por gastos extraordinarios de funcionamiento y la concesión de subvenciones tiene como finalidad sufragar, total o parcialmente, los gastos generales que al centro educativo le suponga el desarrollo del proyecto aprobado, por lo que la cantidad concedida mediante la presente convocatoria no podrá exceder del total de dicho gasto según el artículo 31 de la LGS.

Además de la ayuda o subvención se podrá recurrir a fondos propios u otras subvenciones o recursos que cubran la financiación total de la actividad.

En virtud a lo establecido en el artículo 30.4 de la Ley General de Subvenciones deberá de acreditarse el importe, procedencia y aplicación de dichos fondos adicionales.

En ningún caso las ayudas o subvenciones podrán superar el coste de la actividad (artículo 19.3 de la LGS).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas los centros públicos de titularidad de la Generalitat y privados concertados, de enseñanzas no universitarias, ubicados en la Comunitat Valenciana que impartan o no enseñanzas de
Formación Profesional.

Además, los centros privados concertados, deberán cumplir todos aquellos requisitos que establece el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cada centro docente sólo podrá presentar un proyecto.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se destinarán a sufragar total o parcialmente los gastos derivados de la organización de actividades de carácter divulgativo:

encuentros, seminarios y jornadas sobre la Formación Profesional para facilitar la difusión y puesta en valor de la oferta formativa de Formación Profesional, mediante experiencias innovadoras de orientación, información a padres, alumnos, empresarios del entorno, seminarios de debate en torno a la Formación Profesional, jornadas de puertas abiertas, folletos de difusión, y cualquier otra que cumpla con los objetivos planteados.

Documentos asociados

Boletín: 04/09/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5842
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento