Ayudas relativas a las intervenciones de desarrollo rural medioambientales y climáticas, contenidas en el plan estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Código de ayuda:

S11573/23

Norma:

ORDEN AGR/227/2023, de 20 de febrero. Orden de 31 de marzo de 2023. Orden de 28 de abril de 2023. Orden de 16 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de junio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden tiene por objeto regular en la Comunidad de Castilla y León las bases de las ayudas relativas a las siguientes intervenciones de desarrollo rural contenidas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027 correspondientes a los siguientes compromisos:

a) Compromisos agroambientales en superficies agrarias:

Compromisos de cultivos sostenibles:

– Cultivos agroindustriales sostenibles.

Compromisos de fomento y gestión sostenible de pastos:

– Aprovechamiento forrajero extensivo mediante pastoreo con ganado ovino o caprino.

– Gestión sostenible de superficies forrajeras pastables y apoyo a los sistemas tradicionales de pastoreo trashumante.

Apicultura para la biodiversidad:

– Apicultura para la mejora de la biodiversidad.

Protección de la avifauna:

– Agroecosistemas extensivos de secano.

Mantenimiento o mejora de hábitats y de actividades agrarias tradicionales que preserven la biodiversidad:

– Introducción de cultivos minoritarios.

– Cultivos permanentes en paisajes singulares.

Prácticas para la mejora del suelo y lucha contra la erosión:

– Abonado orgánico.

b) Compromisos de gestión agroambientales en agricultura ecológica:

– Agricultura ecológica.

c) Compromisos de conservación de recursos genéticos:

– Mantenimiento de razas autóctonas puras en peligro de extinción.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

1. Las personas beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden deberán ser titulares de explotaciones agrarias ubicadas en territorio de la Comunidad de Castilla y León y debidamente inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de acuerdo con la Ley 1/2014, de 19 de marzo.

2. Para poder acogerse a cualquiera de las intervenciones medioambientales y climáticas reguladas en la presente orden, formalizar el correspondiente contrato y ser beneficiarios de las ayudas, las personas titulares de explotaciones agrarias deberán cumplir los siguientes requisitos de carácter horizontal:

a) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

En particular deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

b) Si la persona solicitante tiene la consideración de empresa de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 del Decreto 75/2008 de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la administración de la Comunidad de Castilla y León, deberá acreditar el cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o en su caso, la exención de dicha obligación en los términos previstos en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril,por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

La acreditación y justificación de este requisito se realizará de conformidad con lo establecido en
el artículo 6 del Decreto 75/2008, en la correspondiente convocatoria y en el acto de concesión de la ayuda.

3. Asimismo se deberán cumplir los requisitos específicos que se establezcan en la convocatoria a la que se refiere el apartado 1 del artículo 7 de esta orden, los cuales estarán relacionados con los criterios de subvencionabilidad que se detallan más adelante para cada intervención medioambiental y climática.

4. Las personas beneficiarias de las intervenciones reguladas por la presente orden proporcionarán la información necesaria a la Autoridad regional de gestión de Castilla y León o a otros organismos en que dicha autoridad haya delegado la realización de tareas, para poder realizar el seguimiento y la evaluación del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el período 2023-2027.

Documentos asociados

Boletín: 27/02/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 39
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/04/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 65
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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