Ayudas públicas para proyectos y programas de investigación y actuación en salud laboral, correspondiente al ejercicio presupuestario del año 2008.

Código de ayuda:

S51346/08

Norma:

Resolucion de 3 de julio de 2008. Orden de 4 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas públicas para proyectos y programas de investigación y actuación en salud laboral, anexa a esta Resolución.

El plazo para desarrollar las actividades subvencionadas empieza el día 1 de enero de 2008 y acaba, como máximo, el día 30 de junio de 2009.

Excepcionalmente, podrá prorrogarse la fecha prevista para acabar las actividades subvencionadas hasta un plazo máximo de tres meses y sin que esta prórroga afecte al importe de la subvención, previa solicitud de la entidad beneficiaria, que se presentará antes del día 30 de junio de 2009, y con la posterior autorización de la Directora General de Salud Laboral.

Los beneficiarios de las acciones subvencionadas desarrollarán la actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía que corresponde a cada entidad es el resultado del producto de los puntos obtenidos por el valor punto/euro, siempre y cuando la cantidad que resulte no sea en ningún caso superior a la cuantía solicitada. El valor que tiene cada punto se obtendrá mediante la división del importe global destinado
a la convocatoria entre el total de puntos obtenidos para todas las solicitudes presentadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Se consideran entidades beneficiarias de las ayudas establecidas en esta convocatoria:

a) Las asociaciones empresariales con representación en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
b) Las organizaciones sindicales con representación en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
c) Las entidades en las que participen conjuntamente las organizaciones sindicales y las asociaciones empresariales mencionadas en las letras a) y b), por sí mismas o en colaboración con instituciones o asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen acciones o programas de salud laboral en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
d) Entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos relacionados con la prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con exclusión de los servicios de prevención ajenos y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

No podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades sujetas a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 (apartados 1 y 2) del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y en el artículo 27 de la Ley 12/2006, de 20 de septiembre, para la Mujer (BOIB núm. 135, de 26 de septiembre).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas para proyectos y programas de investigación y actuación en salud laboral en las acciones siguientes:

a) Realización de los siguientes proyectos y programas en materia de salud laboral:
— Implantación de la tarjeta profesional de la construcción.
— Desarrollo de un estudio sobre detección e identificación de riesgos en las personas trabajadoras al amparo de la Ley de la Dependencia.
— Elaboración y edición de una guía práctica en francés y árabe sobre las condiciones de trabajo en el sector de la agricultura.
— Elaboración de un programa de asesoramiento, divulgación, información y formación práctica en los puestos de trabajo en los sectores de la hoste-lería y de la construcción en inglés, francés y árabe.
— Desarrollo de un estudio sobre la siniestralidad leve en el sector de la hostelería.
— Acciones cuyo objetivo sea que los trabajadores autónomos mejoren el cumplimiento en prevención de riesgos laborales.
— Acciones para ayudar a las empresas a elaborar el plan de prevención de riesgos laborales e integrarlo en la gestión de la organización.
b) Otros proyectos y programas relacionados con el Plan de Choque contra la Siniestralidad Laboral en las Illes Balears, aprobado por la Dirección General de Salud Laboral de la Consejería de Trabajo y Formación.
c) Actividades destinadas a la información y/o divulgación que complementen el desarrollo y la ejecución del proyecto o programa.

Esta convocatoria se rige por la Orden del Consejero de Trabajo y Formación de 4 de mayo de 2005.

Acciones subvencionables:

1. En los proyectos y programas de investigación y actuación en materia de salud laboral se financia el importe total de los gastos efectuados por los conceptos siguientes:
a) Gastos de personal, cuando la realización del proyecto, programa o acción implique contratar a trabajadores por cuenta ajena.
b) Gastos directos de la actividad: material didáctico, material fungible y gastos de viaje.
c) Gastos indirectos de la actividad: coordinación y administración, seguridad, limpieza, alquiler de local, mantenimiento de equipos, suministro, agua y electricidad.

2. En las actividades destinadas a la información y/o divulgación que complementen el desarrollo y la ejecución del proyecto o programa, se financia el importe correspondiente a los gastos de información y divulgación complementaria.

En cualquier caso, los gastos indirectos que se financien no pueden superar el 20% del importe de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Orden de 4 de mayo de 2005 (Bases) Descargar Documento
Boletín: 15/07/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 98
Documento: Convocatoria 2008 Descargar Documento