Ayudas públicas para proyectos de actuaciones formativas enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo.

Código de ayuda:

S02928/03

Norma:

Orden de 5 de septiembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las actuaciones formativas enmarcadas en el Objetivo 3 del Fondo Social Europeo (período 2000-2006), cofinanciadas por este Fondo y reguladas en el capítulo I del título V del Decreto 11/2000, de 4 de febrero.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El presupuesto de una acción formativa se subdivide en tres partidas
que incluyen los conceptos siguientes, con los correspondientes criterios de imputación:
a) Costes docentes (profesorado y tutorías, elaboración de medios didácticos, preparación y evaluación).
b) Costes directos (seguros de alumnos, arrendamientos, arrendamiento financieros - leasing, renting -), publicidad, material didáctico y fungible).
c) Coste indirectos (dirección, coordinación, administración - incluye asesoría fiscal y laboral -, suministro de bienes y servicios - luz, agua, electricidad, teléfono, seguridad, limpieza, mensajería, mailing, amortización de equipos, inmuebles y similares).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los centros homologados del Plan FIP, inscritos en el censo de centros colaboradores, como los centros acreditados que presenten acciones formativas de forma individualizada o agrupada y en las formas de colaboración establecidas en el mismo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- La programación solicitada debe ir dirigida a un mínimo de 14 alumnos, exceptuando las acciones que, por sus características o por su contenido, y previa autorización de la Dirección General de Formación, se programen para un número inferior de alumnos.
- Las acciones a ejecutar en la isla de Formentera se programarán para un mínimo de 8 alumnos.

Requisitos:

Hayarse al corriente de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma Balear en los términos que establezca la normativa sobre subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/09/2003
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 134
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento