Ayudas publicas a los mariscadores de la ria de Villaviciosa del Principado de Asturias por la paralizacion temporal de su actividad.- Convocatoria 2012.- Corrección.

Código de ayuda:

S25582/12

Norma:

Resolución de 2 de julio de 2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de las ayudas dirigidas a la financiación de la paralización temporal voluntaria de los mariscadores incluidos en el Plan de Explotación
de la ría de Villaviciosa de su actividad de extracción de moluscos bivalvos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos. (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los mariscadores acogidos al Plan de Explotación de moluscos bivalvos de la ría de Villaviciosa que realicen voluntariamente una paralización temporal de sus actividades, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de la paralización temporal voluntaria de los mariscadores incluidos en el Plan de Explotación de la ría de Villaviciosa de su actividad de extracción de moluscos bivalvos.

Requisitos:

A) Requisitos de la paralización temporal de actividades:

1. La paralización temporal de la actividad de extracción de moluscos bivalvos ha de ser total y deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2011 y el 31 de marzo de 2012.

2. La paralización se podrá realizar en días alternativos, no pudiendo superar el número de días de parada al número de días de referencia (media de los días trabajados entre los meses de diciembre a marzo, ambos inclusive, en las tres campañas anteriores). En el caso de nuevas incorporaciones el número máximo de días de parada se calculará estableciendo la media de días de referencia del resto de mariscadores.

B) Requisitos de los beneficiarios:

1. La persona solicitante deberá estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con
la Seguridad Social, y no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles. En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones, esta obligación se hace
extensible a todos los miembros que la conformen.

2. No estar incursos en alguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 156
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 24/07/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 171
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento