Ayudas publicas a las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de iniciativas de insercion social en el marco del Plan director de Fomento de la Economia Social en las Illes Balears 2007-2008.

Código de ayuda:

S69364/07

Norma:

Resolucion de 25 de octubre de 2007. Orden de 4 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/11/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de ayudas dirigidas a fortalecer las estructuras de apoyo a la economía social y a promover un cambio de percepción social hacia la iniciativas en este campo, todo ello en el marco del Plan Director de Fomento de la Economía Social en las Illes Balears para el período 2007-2008.

Las ayudas y subvenciones concedidas por medio de esta Resolución se rigen por lo dispuesto en la Orden del Consejero de Trabajo y Formación, de 4 de mayo de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de Trabajo y Formación.

Se pueden subvencionar los gastos que respondan sin duda a la naturaleza de la actividad subvencionada que se efectúe y que se hayan iniciado y realizado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 30 de junio de 2008.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas que regula esta convocatoria son del 100% de los gastos correspondientes a cada actuación, con un máximo de 25.000 € para el conjunto de las actividades subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta convocatoria las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de iniciativas de inserción firmantes del Plan Director de la Economía Social en las Illes Balears para el período 2007-2008.

Estas entidades, además, deben cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
b) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears antes de dictar la propuesta de resolución.
c) Acreditar que ha llevado a cabo la organización preventiva por medio de alguna de las modalidades previstas en el Capítulo III del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (BOE núm. 27, de 31 de enero); que ha efectuado la auditoría
correspondiente, si procede, de conformidad con lo establecido en el Capítulo V del mismo Real Decreto, así como que ha realizado y revisado el Plan de Prevención, de acuerdo con el citado Real Decreto 39/1997 y la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 27 de junio de 1997 por el que se desarrolla el Reglamento de Servicios de Prevención (BOE núm. 159, de 4 de julio).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se pueden conceder las siguientes ayudas, dirigidas a fortalecer las estructuras de apoyo a la economía social y a sensibilizar a la población en general para cambiar la percepción social respecto de estas iniciativas:

a) Subvenciones para formación de los órganos gestores de las entidades asociativas beneficiarias para la financiación de cursos dirigidos a la mejora de la gestión, la planificación estratégica y el desarrollo de equipos, y otras actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento
de la economía social.
b) Subvenciones de asistencia técnica par la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de las actividades de las entidades asociativas; para el asesoramiento en las diferentes áreas de gestión empresarial; para la implantación de sistemas de calidad, y para la realización de auditorías externas así como de estudios de viabilidad, organización, diagnosis y otros de naturaleza análoga.
c) Subvenciones para elaborar trabajos de documentación, análisis e investigación para confeccionar bases de datos para definir políticas de promoción y consolidación de la economía social.
d) Subvenciones para organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades similares o para asistencia dichos acontecimientos.
e) Ayudas para la edición de folletos, publicaciones, campañas publicitarias y otras actuaciones análogas a través de cualquier medio, incluyendo las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases - Orden de 4 de mayo de 2005 Descargar Documento
Boletín: 10/11/2007
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 168
Documento: Convocatoria Descargar Documento