Ayudas previstas en la submedida de “Actividades de información y promoción en el mercado interior”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020.

Código de ayuda:

S50882/19

Norma:

RESOLUCIÓN 884/2019, de 25 de julio. RESOLUCIÓN 89/2020 de 9 de junio.

Plazo de Solicitud:

Desde el 16 de octubre al 30 de noviembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases reguladoras tienen por objeto regular las ayudas correspondientes a la submedida “Actividades de información y promoción en el mercado interior”, del Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020, en el marco del artículo 16.2 del Reglamento (UE) número 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, y del artículo 49 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda consistirá en una subvención directa en forma de reembolso de costes subvencionables en que se haya efectivamente incurrido, y realmente abonados por parte de las entidades beneficiarias.

2. Las ayudas serán del 60% de los gastos subvencionables del Plan de Acción.

3. A efectos del cálculo de la intensidad de ayuda y de los costes subvencionables, todas las cifras empleadas se entenderán antes de cualquier deducción fiscal o de otras cargas. Los costes subvencionables serán avalados por pruebas documentales claras, específicas y actualizadas.

4. Cuando la ayuda se conceda en una forma que no sea una subvención, el importe de la ayuda será su equivalente en subvención bruta.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias en la presente convocatoria las entidades de gestión (Consejo Regulador, Consejo, o asociación para la gestión) de las siguientes figuras de calidad:

–DOP “Pimiento del Piquillo de Lodosa”.

–DOP “Queso Roncal”.

–DOP “Queso Idiazabal”.

–DOP “Aceite de Navarra”.

–DOP “Navarra”.

–DOCa “Rioja”.

–DOCa “Cava”.

–IG “Tres Riberas”.

–IG “Ribera del Queiles”.

–IGP “Espárrago de Navarra”.

–IGP “Alcachofa de Tudela”.

–IGP “Ternera de Navarra”.

–IGP “Cordero de Navarra”.

–Producción de Agricultura Ecológica contemplada en el Reglamento (CE) número 834/2007 del Consejo.

-IGP “Pacharán Navarro”.

Documentos asociados

Boletín: 10/09/2019
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 178
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/07/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 146
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Boletín: 07/09/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 201
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