Ayudas previstas en la intervención 7119.02 LEADER del Plan estratégico de la política agraria comunitaria 2023-2027 en la Comunitat Valenciana, «Ayuda para la ejecución de las operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local participativo».
Código de ayuda:
S12682/25Norma:
RESOLUCIÓN de 5 mayo de 2025. ORDEN 5/2025, de 28 de febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las ayudas previstas en la presente convocatoria es la ejecución de operaciones conforme a lasestrategias de desarrollo local participativo (EDLP) en el período 2023-2027, de conformidad con las disposiciones aplicables a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo europeo agrícola de desarrollo rural (FEADER) y Plan estratégico nacional de la política agraria comunitaria (PEPAC) de la Comunitat Valenciana 2023-2027.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas, sin perjuicio de las especificaciones previstas en el anexo I de la Orden 5/2025:a) Personas de naturaleza privada: personas físicas o jurídicas (microempresas, pymes, cooperativas, asociaciones o fundaciones participadas por entes públicos en menos de un 25%), agrupaciones sin personalidad jurídica y personas de derecho público de base asociativa privada.
b) Personas de naturaleza pública con sede en la Comunitat Valenciana, tales como ayuntamientos,
mancomunidades, entidades municipales descentralizadas, consorcios, asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones o empresas públicas participadas por entes locales (en igual o más de un 25%).
c) Grupos de acción local.
Requisitos:
Para poder ser personas beneficiarias, las personas y entidades que establece el apartado 1 de este artículo, deberán cumplir los requisitos siguientes en el momento de presentar la solicitud:a) Figurar en el objeto social de sus estatutos la actividad para la que se solicita la ayuda, para el caso de las personas jurídicas (con o sin ánimo de lucro).
b) Cumplir el requisito de ser microempresa o pyme, de acuerdo con la definición recogida en el artículo 3.4 de esta orden, en el caso de actividades económicas, con independencia de su forma jurídica.
c) Ser propietarias, copropietarias, usufructuarias, concesionarias, inquilinos o cesionarias de las instalaciones donde se quieren llevar a cabo las obras o inversiones en el momento de presentar la solicitud, y mantener esta situación durante el período de compromiso de mantenimiento de la titularidad del artículo 6.d de esta orden. En caso de no ser propietarias o usufructuarias, es necesario que dispongan del consentimiento por escrito de las personas propietarias o usufructuarias para llevarlas a cabo.
Documentos asociados
Boletín:
06/03/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10061
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/05/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10107
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10107
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
14/05/2025
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 10107
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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