Ayudas previstas en el Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesion de ayudas destinadas a la reconversion de plantaciones de determinadas especies fruticolas.- Convocatoria 2013.- Modificación.

Código de ayuda:

S22628/11

Norma:

ORDEN de 13 de abril de 2011. Real Decreto 358/2006, de 24 de marzo. ORDEN de 24 de julio de 2012. ORDEN de 14 de diciembre de 2012. ORDEN de 27 de febrero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/01/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2013, las subvenciones destinadas a los titulares de las explotaciones de manzanas, con excepción de las manzanas para sidra, peras, melocotones, nectarinas, ciruelas, cerezas y albaricoques distintos de la variedad búlida, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a fomentar la reconversión de las plantaciones de dichas especies, durante el período que se inicia en el año 2012 y terminará en el 2013, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentacion (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención se determinará atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el apartado sexto, sin que dicha cuantía pueda superar la cantidad del 15 por ciento de la inversión subvencionable, teniendo en cuenta que dicha inversión subvencionable no podrá sobrepasar, por hectárea, los siguientes importes:

a) Costes del arranque y de la nueva plantación:

1.º Nueva plantación de manzano, peral, cerezo y ciruelo: 11.000 euros.

2.º Nueva plantación de melocotonero, nectarino y albaricoquero, excluyendo la variedad búlida: 10.000 euros.

b) Inversiones complementarias para:

1.º Estructuras de tutoraje (manzano y peral): 2.500 euros.

2.º Instalaciones para la racionalización del uso del agua de riego, en parcelas ya transformadas en regadío:

- De manzano, peral: 2.500 euros.

- De melocotonero, nectarino, cerezo, ciruelo y albaricoquero de variedades diferentes a la búlida: 3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de las explotaciones que pertenezcan a una Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (en adelante OPFH) legalmente reconocida, y los agricultores que no estén afiliados a una OPFH, siempre que presenten un acuerdo de comercialización de toda su producción de fruta, durante los tres años siguientes a la percepción de la ayuda, con una OPFH u otra entidad que esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para la actividad comercializadora.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El arranque y la nueva plantación.

b) Las inversiones complementarias para estructuras de tutoraje e instalaciones para la racionalización del uso del agua de riego, en aquellas parcelas que ya estuvieran siendo cultivadas en regadío, siempre y cuando se haya realizado el arranque y se vaya a ejecutar una nueva plantación.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2006
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 75
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/04/2011
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 78
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 05/09/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 173
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Boletín: 27/12/2012
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 251
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Boletín: 11/03/2013
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 49
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