Ayudas previstas en el Decreto-ley 23/2020, de 15 de septiembre, por el que, con carácter extraordinario y urgente, se establecen medidas en materia educativa y de apoyo al sector de la acuicultura de Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

Código de ayuda:

S57437/20

Norma:

Decreto-ley 23/2020, de 15 de septiembre. Orden de 29 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 150.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad es paliar los efectos de impacto económico negativo que dicha crisis sanitaria ha provocado en su actividad, con el fin de ayudas a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo y, por tanto, la destrucción de empleo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La subvención consistirá en el pago del 50%, como máximo, de la disminución del ingreso por ventas en el periodo desde el 14 de marzo al 31 de julio de 2020, respecto de la media del mismo período de los tres años anteriores, o respecto al mismo periodo del año anterior para las empresas con tres o menos años de actividad, sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas por la autoridad competente en materia de pesca, con un máximo de subvención de 150.000 euros por entidad beneficiaria.

2. La subvención está cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y por la Junta de Andalucía en un 75% y un 25% respectivamente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que se hayan visto especialmente afectadas por la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Compensación a empresas productivas acuicultura.

Documentos asociados

Boletín: 16/09/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 57
Documento: Medidas urgentes COVID-19 Descargar Documento
Boletín: 10/11/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 217
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/11/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 217
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento