Ayudas predoctorales (nuevas ayudas, renovaciones y estancias breves) para la formacion en investigacion y docencia del Principado de Asturias.- Convocatoria 2011.- Corrección.

Código de ayuda:

S01673/11

Norma:

Resolución de 9 de febrero de 2010. Resolución de 30 de diciembre de 2010. ResoluCión de 12 de enero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Nueva adjudicación: desde 11/01/11 hasta 9/02/11; Renovación solicitudes: desde 11/01/11 hasta 31/01/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el establecimiento de ayudas predoctorales para la formación en investigación y docencia de estudiantes de postgrado mediante la realización de una tesis doctoral en Departamentos o Institutos Universitarios, en Organismos Públicos de Investigación o en Centros Tecnológicos, radicados en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias durante el año 2011, tanto en su modalidad de nueva adjudicación como de renovación de las ayudas concedidas en convocatorias anteriores y para la realización de estancias breves.

Categorías Subvención

  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- La dotación económica de la ayuda, durante la fase de beca, será de 1.125 euros brutos mensuales, de los cuales se deducirá la cuota de la Seguridad Social que el becario está obligado a cotizar. Estas cantidades serán abonadas por la FICYT al becario por mensualidades vencidas, previas las retenciones fiscales de aplicación, mediante transferencia bancaria.

- La cuantía de cada una de las ayudas para la fase de contrato será de 16.100 euros brutos anuales, a liquidar en 14 mensualidades. El coste de las aportaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social será igualmente financiado por la Consejería de Educación y Ciencia, de acuerdo a los tipos de cotización y bonificaciones que correspondan para cada año.

- La ayuda máxima a conceder a cada beneficiario para la realización de las estancias breves solicitadas a lo largo de 2011 no superará en ningún caso los 3.000 euros sumados todos los conceptos y se concretará en una ayuda por importe de 25 euros diarios para el caso de estancias realizadas en España y de 40 euros diarios para el caso de estancias en el extranjero, contados desde el día de la partida al del regreso, ambos inclusive, a la que se sumará una ayuda para el desplazamiento con los siguientes límites:

a) Si el desplazamiento se realiza a un centro ubicado en España:

90 euros para estancias en centros ubicados en territorio peninsular

125 euros para estancias en centros ubicados en las Islas Baleares

150 euros entre centros ubicados para estancias en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla

b) Si el desplazamiento se realiza a un centro ubicado en un país europeo distinto de España 600 euros.

c) Si el desplazamiento se realiza a un centro radicado fuera de Europa 1.200 euros.

Los desplazamientos deberán realizarse en medios públicos de transporte. Sólo en casos debidamente justificados podrá utilizarse, previa solicitud y posterior autorización de la FICYT, el vehículo particular. En dicho caso el importe máximo de la ayuda será de 0,19 euros/kilómetro, sin que en ningún caso pueda superar las cuantías máximas establecidas en los apartados anteriores.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Aquellos investigadores predoctorales que cumplan los requisitos exigidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- La formación en investigación y docencia de estudiantes de postgrado mediante la realización de una tesis doctoral en Departamentos o Institutos Universitarios, en Organismos Públicos de Investigación o en Centros Tecnológicos, radicados en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias durante el año 2011, tanto en su modalidad de nueva adjudicación como de renovación de las ayudas concedidas en convocatorias anteriores y para la realización de estancias breves.

- La ayuda cubrirá también los gastos específicos de matrícula de los créditos del programa de postgrado para el curso académico 2010-2011, ya sea doctorado o máster en programas del sistema Universitario del Principado de Asturias.

En ningún caso la ayuda podrá ser destinada a financiar más de 32 créditos en el caso de estudios de doctorado y de 60 créditos en los estudios de máster. La ayuda no cubre el importe de los créditos convalidados ni de los créditos matriculados en másteres o doctorados de otras universidades. No serán financiables los costes de las tutorías de doctorado, ni de matrícula de tesis.

Requisitos:

a) Para estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998 de 30 de abril:

a.1) Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o conforme a sistemas educativos extranjeros no adaptados y/o no pertenecientes al Espacio Europeo de
Educación Superior que den acceso al doctorado.

a.2) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios conforme a sistemas
educativos extranjeros adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior, deberán haber superado al
menos 300 créditos ECTS.

b) Para estudios de postgrado regulados por el Real Decreto 56/2005 o el Real Decreto 1393/2007:

b.1) Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o conforme a sistemas educativos extranjeros no adaptados y/o no pertenecientes al Espacio Europeo de
Educación Superior que den acceso al doctorado.

b.2) Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Diplomado, Ingeniero Técnico y
Arquitecto Técnico, y tener superados al menos 60 créditos de master y 300 créditos comprendidos los
correspondientes al título de primer ciclo y los de master, y estar admitido en la fase investigadora del
doctorado.

b.3) Haber finalizado los estudios de Grado del EEES y tener superados al menos 60 créditos de master y 300 créditos comprendidos los correspondientes al título de primer ciclo y los de master, y estar admitido en la fase investigadora del doctorado.

Documentos asociados

Boletín: 05/03/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 53
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/01/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 6
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 15/01/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 11
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento