Ayudas por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, dirigidas a la promoción internacional de la pyme extremeña.

Código de ayuda:

S24264/24

Norma:

DECRETO 137/2024, de 5 de noviembre. ACUERDO de 14 de noviembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de noviembre de 2024.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie a la empresa extremeña exportadora, para su participación en acciones de promoción internacional convocadas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Empleo
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

EXTREMADURA AVANTE SERVICOS AVANZADOS A PYMES, SLU (AVANTE) (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La intensidad de la ayuda por convocatoria, será del 100 % de los gastos subvencionables, no pudiendo superar el importe de la ayuda la cuantía de 30.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la consideración de beneficiarias de las ayudas reguladas en este decreto, las personas físicas y jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en el mismo, tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, de acuerdo a la definición del artículo 5 del presente decreto y que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La ayuda en especie consistirá en la prestación de los bienes, derechos o servicios a los beneficiarios, adquiridos por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, necesarios para la ejecución de la acción de promoción comercial internacional.

2. La ayuda en especie comprenderá todo tipo de gasto directamente relacionado con la ejecución de la acción de promoción internacional. Estos podrán ser los siguientes:

a) Derechos de participación o preinscripción.

b) Alquiler de suelos y espacios comerciales.

c) Construcción y alquiler de stands, incluso contratación de servicios complementarios.

d) Pases de acceso, acreditaciones y entradas.

e) Mobiliario y equipamiento industrial, comercial y audiovisual.

f) Decoración, limpieza y suministros.

g) Seguros.

h) Inserción en catálogos oficiales.

i) Servicios de catering, incluyendo personal de hostelería.

j) Servicios de sonido, internet y audiovisual.

k) Publicidad en medios de comunicación.

l) Paquetería y envíos de muestras.

m) Servicios profesionales de asistencia.

n) Costes del personal de Extremadura Avante, SLU, relacionados directamente con la operación.

o) Servicios profesionales de promoción y asesoramiento.

p) Servicios de traducción.

q) Material promocional y/o informativo.

r) Gastos de viajes: Sólo se subvencionarán los gastos correspondientes a una persona por cada entidad beneficiaria.

Requisitos:

a) Desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.

b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

c) Cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos, 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, específicamente lo establecido en los artículos 1 y 3 del citado Reglamento (UE) 2023/2831.

Documentos asociados

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