Ayudas por la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire para reducir los contagios por el COVID-19.

Código de ayuda:

S64591/20

Norma:

Resolución de 16 de diciembre de 2020. Resolución de 18 de diciembre de 2020. Resolución de 26 de agosto de 2021. Resolución de 19 de noviembre de 2021.

Plazo de Solicitud:

Del 21 de diciembre de 2020 y acaba el día 31 de julio de 2021 o cuando se hayan llegado a 6.250 solicitudes.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 800

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones para la compra y/o instalación de sistemas de ventilación y purificación de aire que garanticen un caudal de ventilación de 12,5 l/s y persona, valor que corresponde a un IDA2 según el RITE, y un medidor de CO, de acuerdo con las recomendaciones de la IDAE, con el fin de reducir los contagios por el COVID-19, y poder mantener la
actividad a los restaurantes y bares de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda será del 100% de la inversión realizada, con un máximo de 800 euros por centro de trabajo.

La inversión tiene que ser de un importe mínimo de 450 € por centro de trabajo, de acuerdo con el que establece el punto 4 de esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Pueden ser beneficiarias de esta línea de ayudas las personas físicas y jurídicas privadas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aunque no tenga personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.

2. Estos beneficiarios tienen que ser titulares de pequeñas empresas del sector de la restauración, con establecimiento físico en territorio de las Islas Baleares ya existente, con sede social en las Islas Baleares, y tienen que tener contratados un máximo de 20 trabajadores de media anual por cada centro de trabajo.

En caso de tener el mismo beneficiario más de un centro de trabajo podrá pedir una ayuda por un máximo de 4 centros de trabajo, los centros de trabajo se tendrán que incluir en la misma solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La inversión en compra y/o instalación en sistemas de ventilación y purificación de aire destinados a obtener un caudal de ventilación de 12,5 l/s y persona, valor que corresponde a un IDA2 según el RITE, y un medidor de CO, de acuerdo con las recomendaciones de la IDAE, con una inversión mínima de 450 € por centro de trabajo.

El periodo subvencionable comprende desde el 30 de julio de 2020 hasta el 1 de septiembre del 2021, ambos incluidos.

Estos sistemas tienen que permitir cumplir con las medidas específicas para la prestación del servicio en los establecimientos de entretenimiento y restauración determinados por la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Islas Baleares establecidas en el apartado XI.1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2020 por el cual se establecen los niveles de alerta sanitaria y se aprueba el nueve Plan de Medidas Excepcionales de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por el COVID-19.

Requisitos:

a) Tener sus centros de trabajo en las Islas Baleares.

b) Tener domicilio fiscal en las Islas Baleares.

c) No estar sometido a ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario de las ayudas que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por medio del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como también de las obligaciones con la Seguridad Social.

e) Constar de alta en el Censo sobre el impuesto de actividades Económicas de la Agencia Tributaría a la fecha de publicación de esta convocatoria de ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 17/12/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 210
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 19/12/2020
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 211
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 28/08/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 116
Documento: Modificación II Descargar Documento
Boletín: 27/11/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 164
Documento: Modificación III Descargar Documento