Ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S37837/20

Norma:

ORDEN de 9 de julio de 2020. Orden de 22 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Desde el 4 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

En los términos establecidos en la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de 9 de julio de 2020, por las que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas que podrán recibir los titulares de los ascensores que realicen su instalación cumpliendo los requisitos establecidos ascenderá a:

— Sistemas de iluminación del ascensor, incluyendo sistema de iluminación y dispositivos de apagado o atenuado automático: 100 euros por ascensor.

— Sistema tractor Gearless más variador del ascensor con/sin sistemas de control de optimización de llamadas: 2.100 euros por ascensor.

— Instalación de pesacargas: 250 euros por ascensor.

— Instalación de barrera fotoeléctrica: 250 euros por ascensor.

Salvo que se supere el 25% de la inversión subvencionable, en cuyo caso la cuantía de la ayuda será el 25% de la inversión subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas reguladas en las presentes bases reguladoras todas las personas físicas o jurídicas, titulares de ascensores de la Comunidad de Madrid.

Requisitos:

a. realicen la reforma y el pago correspondiente en los plazos establecidos en las presentes bases;

b. soliciten la concesión de la ayuda;

c. rellenen correctamente, con este objeto, el Boletín de Solicitud de Ayuda del Plan Renove de Ascensores, según Formulario 1 del Anexo II;

d. hayan aportado en los plazos establecidos en las presentes bases la documentación indicada en las mismas;

e. y que además —y en último término— sean quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita. Se entenderá que existe financiación de la instalación cuando la inversión sea inicialmente ejecutada por una entidad distinta al titular o arrendatario del inmueble en el que se ubique la instalación, pero la misma sea recuperada por aquella en un determinado periodo de tiempo mediante el cobro a éste de las cantidades correspondientes al capital invertido.

Documentos asociados

Boletín: 22/07/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 176
Documento: Bases Reguladoras 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 200
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 200
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