Ayudas por la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., a programas para el desarrollo del emprendimiento tecnológico y la demanda tecnológica, en el marco de la Acción Estratégica de Economía y Sociedad Digital del Programa Estatal de I+D+i orientada a retos de la sociedad.

Código de ayuda:

S00919/20

Norma:

Orden ECE/1301/2019, de 17 de diciembre. Resolución de 3 de junio de 2020. Orden ETD/857/2021, de 28 de julio. Resolución de 1 de septiembre de 2021. Resolución de 9 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Desde el 27 de diciembre de 2022 a las 11 horas hasta el 27 de enero de 2023 a las 11 horas.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 250.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas, de carácter dinerario, financiarán la creación de la red de Oficinas Acelera Pyme dentro del programa Acelera Pyme para el impulso a la adopción de las tecnologías por las empresas españolas (incluidas las de nueva creación), especialmente las pequeñas y medianas empresas (pymes), autónomos y emprendedores.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con las intensidades de ayuda recogidas en el apartado 4 de la Convocatoria, Red.es financiará proyectos de investigación industrial con un presupuesto mínimo de 500.000 € y máximo de 10.000.000. En el caso de proyectos de desarrollo experimental, el presupuesto mínimo será de 300.000 € y el máximo de 5.000.000
€, impuestos indirectos excluidos. Los beneficiarios deberán cofinanciar el porcentaje restante, además de los impuestos indirectos, que no serán objeto de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Empresas. Dentro de esta categoría definida en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, y de acuerdo con el artículo 2 del citado Reglamento, se entenderá por «pequeñas y medianas empresas» o «PYME»: las empresas que cumplan los criterios establecidos en el anexo I del citado Reglamento. b) Fundaciones, asociaciones (incluyendo federaciones, confederaciones o uniones
de estas) y colegios profesionales.

c) Las entidades locales definidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, así como las Comunidades Autónomas uniprovinciales y Ciudades Autónomas.

d) Las Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

e) Organismos Públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

f) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.

g) Centros tecnológicos y Centros de apoyo a la innovación tecnológica que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Acción Estratégica en Economía y Sociedad Digital del Plan Estatal de Política Científica y Técnica y de Innovación para el período 2017-2020, incluye un conjunto de medidas que persiguen el desarrollo, impulso y adopción de tecnologías digitales posibilitando la transformación de la economía y la sociedad hacia un entorno digital que se implanta con carácter transversal en todos los sectores de actividad empresarial, convirtiéndose así en el escenario dominante para las transacciones económicas, la prestación de servicios públicos eficaces y eficientes y la definición de un nuevo modelo de organización del trabajo y de las relaciones sociales.

También menciona que para alcanzar esos objetivos, se pondrán en marcha diferentes instrumentos de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+I) orientados al desarrollo de ámbitos estratégicos de innovación y para el estímulo de la demanda, incentivando la cooperación público-privada y dinamizando la inversión privada para estimular la innovación empresarial y el emprendimiento tecnológico con el objetivo de reforzar la estrategia de fomento de la I+D+I.

Así pues, de acuerdo con los objetivos de dicha Acción Estratégica, las convocatorias al amparo de esta Orden podrán financiar total o parcialmente actuaciones y proyectos que incluyan:

a) El desarrollo, impulso y adopción de tecnologías digitales, que posibiliten el estímulo de la demanda. Entre otras actuaciones, se potenciará el desarrollo de proyectos tractores sectoriales y el desarrollo y validación de demostradores y plataformas en diferentes ámbitos tecnológicos y sectoriales que permitan analizar la viabilidad de los mismos en entornos reales. Incluyendo la transmisión, conocimiento, divulgación y aplicación de sus resultados.

b) El desarrollo de ámbitos estratégicos de la I+D+I empresarial y el emprendimiento en el ámbito tecnológico. Entre otras actuaciones, se incluyen aquéllas que aborden el desarrollo y el emprendimiento tecnológico frente a retos de la sociedad, de forma que fomenten el desarrollo de los conocimientos y tecnologías necesarios para abordar y buscar soluciones a problemas complejos asociados a dichos retos, incorporando para ello la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación en sentido amplio.

Documentos asociados

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