Ayudas por estudios de hijos e hijas del personal al servicio de la Entidad Publica 112 Asturias.- Convocatoria curso 2009/2010.

Código de ayuda:

S01619/12

Norma:

Resolución de 13 de diciembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14,00 horas del día 6 de febrero de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases que han de regir la convocatoria para la concesión de ayudas para estudios de hijos e hijas del personal al servicio de la Entidad Pública 112 Asturias, para el curso 2009/2010.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. El 100% del importe satisfecho en concepto de gastos de matrícula con un límite máximo de 600 euros por estudios de:

— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

— Diplomaturas Universitarias.

— Licenciaturas.

— Estudios oficiales de Grado, Máster y Doctorado conforme a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007.

— Idiomas en Escuelas Oficiales.

— Idiomas a través del programa “That’s English”.

— Música (Grado Superior).

2. Para estudios de Diplomaturas Universitarias, Licenciaturas, Doctorados o Estudios oficiales de Grado, Máster y Doctorado conforme a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, que han sido realizados en Universidades ubicadas fuera del Principado de Asturias por no existir dichos estudios en la Universidad de Oviedo o por no haber obtenido plaza en la misma; así como los estudios realizados en el extranjero por haber obtenido una beca Erasmus, 100 euros.

3. Se establecen cantidades fijas para cada nivel de estudios en las siguientes cuantías:

— 150 euros para Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Ciclos Formativos
de Grado Medio y Superior, Graduado en Educación Secundaria, Garantía Social y Música (Grado Medio).

— 120 euros para Educación Primaria Obligatoria y Música (Grado Elemental).

— 80 euros para Educación Infantil.

4. Gastos de Guardería y Escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad:

a) E l 50% del total de gastos justificados por este concepto, con un máximo de 580 euros anuales, para
quienes tengan hijos que hayan asistido a Guardería o Escuela Infantil.

b) 200 euros para quienes tengan hijos e hijas de 0 a 3 años y no soliciten la ayuda de Guardería o Escuela
Infantil, siempre que la fecha de nacimiento del hijo o hija para quien se solicita la ayuda sea anterior al 1
de septiembre de 2009.

Si la fecha de nacimiento del hijo o hija para quien se solicita la ayuda es posterior al 1 de septiembre de 2009, la cuantía de la ayuda será proporcional al tiempo transcurrido entre la fecha de nacimiento y el 31 de agosto de 2010, tomando como base del cálculo el importe de 200 euros que le correspondería si su fecha de nacimiento fuese anterior al 1 de septiembre de 2009.

5. Gastos de Comedor.

El 25% de la cantidad total abonada por este concepto en el curso 2009/2010, con un máximo de 100 euros
anuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal al servicio de la Entidad Publica 112 que tenga hijos e hijas que hayan realizado estudios durante el curso académico 2009/2010, siempre que los hijos o hijas de quienes se solicita la ayuda no perciban ingresos derivados de trabajo personal y dependan económicamente de quien realiza la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Por estudios de:

— Curso de preparación para acceso a la Universidad para mayores de 25 años.

— Diplomaturas Universitarias.

— Licenciaturas.

— Estudios oficiales de Grado, Máster y Doctorado, conforme a lo establecido en el R.D. 1393/2007.

— Idiomas en Escuelas Oficiales.

— Idiomas a través del programa “That’s English”.

— Música.

— Educación Infantil.

— Educación Primaria.

— Garantía Social.

— Educación Secundaria y Bachillerato.

— Formación Profesional y Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.

b) Por Guardería y Escuela Infantil o por hijos e hijas de 0 a 3 años de edad.

c) Por comedor.

Requisitos:

El personal que solicite las ayudas deberá encontrarse en las siguientes situaciones:

a) El personal perteneciente o adscrito a 112 Asturias vinculado a la misma por una relación de empleo de
carácter permanente, entendiéndose por tal la del personal funcionario de carrera y personal laboral fijo,
que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento durante el plazo de presentación de
las solicitudes, o que haya causado baja por jubilación durante el curso académico 2009/2010, así como
quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar, o en situación de
incapacidad temporal.

b) El personal jubilado parcialmente y que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento
entre el 1 de septiembre de 2009 y el 31 de agosto de 2010.

c) El personal interino o personal temporal de la Entidad que acredite una prestación de servicios en la Entidad de al menos, un año.

d) En el supuesto de que dentro del personal mencionado en los apartados anteriores, durante el curso
2009/2010 se hubiese producido algún fallecimiento, podrán solicitar la ayuda los descendientes en primer
grado mayores de edad o, en su caso, sus representantes legales si estos o estas fuesen menores de
edad.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2012
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 9
Documento: Bases, Convocatoria curso 2009/2010 y Anexos. Descargar Documento